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  1. Sociedad. Para otros usos de este término, véanse Sociedad (derecho), Sociedad (El Salvador) y Social (desambiguación). El término sociedad (del latín societas) se refiere a un concepto polisémico que designa a un tipo particular de agrupación de individuos que se produce tanto entre los humanos (sociedad humana o sociedades humanas, en ...

  2. En derecho, una sociedad comercial o sociedad mercantil o simplemente sociedad es una persona jurídica conformada por dos o más personas (humanas o personas jurídicas: una asociación o sociedad puede ser dueña de otra sociedad) que acuerdan realizar aportaciones para conseguir un fin común mediante un contrato de sociedad [1] ; en algunos países se acepta la constitución de sociedad ...

  3. Características: Podrás constituir tu empresa a partir de uno o más socios (solamente personas físicas). En caso de controversia, los accionistas tienen una responsabilidad limitada, protegiendo su patrimonio. El capital puede ser a partir de $1 peso y podrán utilizar medios electrónicos para la toma de acuerdos entre los accionistas.

  4. Les Sociedaes por Aiciones (SpA) fueron implementaes en Chile por Llei 20.190. [1] Una de les sos mayores particularidaes ye que, a diferencia de la sociedá anónima, éstes dexen que toles aiciones cayan en manes d'un únicu accionista.

  5. La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es un tipo de sociedad que se constituye con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones y surge para atender a las micro y pequeñas empresas por su importancia en la producción y distribución de bienes y servicios, así como en la generación de empleos.

  6. La Sociedad por Acciones es una forma jurídica ampliamente utilizada en Chile para la constitución de empresas. Esta estructura empresarial ofrece numerosos beneficios y flexibilidad tanto para los socios como para la administración de la compañía. Sin embargo, es fundamental comprender los aspectos clave de su funcionamiento y administración para garantizar el cumplimiento de las […]

  7. Por disposición legal, la administración de una Sociedad por Acciones es libre, por lo cual puede adoptar distintos tipos de administración, ya sea propios de una Sociedad de Responsabilidad Limitada o una Sociedad Anónima. Estos pueden ser los siguientes: a. Administración conjunta; b.