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  1. Ley General de Población. Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en la República. Su objeto es regular los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y equitativamente ...

  2. Durante el mandato cardenista, fue promulgada la primera Ley General de Población el 24 agosto de 1936,2 la cual reconoció como “problemas de-mográficos fundamentales”: I. El aumento de la población; II. Su racional distribución dentro del territorio; III. La fusión étnica de los grupos nacio-nales entre sí; IV.

  3. 15. DECRETO por el que se expide la Ley de Migración y se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Población, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley de Asociaciones Religiosas y ...

  4. DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de la Ley General de Salud y de la Ley General de Población. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2018. Artículo Segundo.-.

  5. 5 de jul. de 2023 · Población es el conjunto de seres humanos que hacen vida en un determinado territorio. Aunque habitualmente suele referirse a la población humana, una población, en general, se refiere al conjunto de individuos que habitan en un área geográfica determinada en un momento específico. Es un concepto fundamental en diversas disciplinas, como ...

  6. emitido la Ley de Nacionalidad, la Ley General de Población, la Ley de Migración y la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria. Es una facultad del Gobierno Mexicano permitir o negar el ingreso al territorio nacional a un extranjero. Los fundamentos legales de dicha facultad

  7. REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN. Artículo Primero.-Se expide la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, para quedar como sigue: LEY SOBRE REFUGIADOS, PROTECCIÓN COMPLEMENTARIA Y ASILO POLÍTICO Denominación de la Ley reformada DOF 30-10-2014 TÍTULO PRIMERO