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  1. ARTICULO 1741. Indemnización de las consecuencias no patrimoniales. Está legitimado para reclamar la indemnización de las consecuencias no patrimoniales el damnificado directo. Si del hecho resulta su muerte o sufre. gran discapacidad también tienen legitimación a título personal, según las circunstancias, los ascendientes, los ...

  2. 25 de ago. de 2022 · Código Civil Artículo 1743. Declaracion de nulidad relativa La nulidad relativa no puede ser declarada por el juez o prefecto sino a pedimento de parte; ni puede pedirse su declaración por el Ministerio Público en el solo interés de la ley; ni puede alegarse sino por aquéllos en cuyo beneficio la han establecido las leyes, o por sus herederos o cesionarios; y puede sanearse por el lapso ...

  3. Interpretacion COMENTADA al Art. 1741 (con jurisprudencia) Ver articulos: [ Art. 1738 ] [ Art. 1739 ] [ Art. 1740 ] 1741 [ Art. 1742 ] [ Art. 1743 ] [ Art. 1744 ] ¿Qué artículos del Código de Velez se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1741 del C.CyC? Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >> LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >> TITULO V

  4. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  5. Código Civil y Comercial de la Nación Comentado / Gustavo Caramelo ; Sebastián Picasso ; Marisa Herrera. - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Infojus, 2015. v. 5, 448 p. ; 23x16 cm. ISBN 978-987-3720-34-5 1. Derecho Civil. 2. Derecho Comercial. I. Sebastián Picasso II. Herrera, Marisa III. Título CDD 346

  6. articulo 1741. NULIDAD ABSOLUTA Y RELATIVA. La nulidad producida por un objeto o causa ilícita, y la nulidad producida por la omisión de algún requisito o formalidad que las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos en consideración a la naturaleza de ellos, y no a la calidad o estado de las personas que los ejecutan o acuerdan, son nulidades absolutas.

  7. Código Civil Guanajuato Artículo 1741. La compraventa es un contrato por el cual una de las partes transfiere a otra la propiedad de una cosa o de un derecho obligándose ésta última a pagarle por ella un precio cierto y en dinero. Estado de Guanajuato Artículo 1741 Código Civil