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  1. Art. 1750 de 1928 Código Civil Artículo 1750 El albacea definitivo, dentro del término que fije el Código de Procedimientos Civiles, promoverá la de la Ciudad de México

  2. www.corteconstitucional.gov.co › relatoria › 2019Corte Constitucional

    Sentencia C-305/19 . DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA CODIGO CIVIL-Inhibición por carencia actual de objetoDEROGATORIA DE LEY-ConceptoDEROGATORIA-Clasificación La jurisprudencia ha entendido que la derogatoria es la cesación de la vigencia de una disposición como efecto de una norma posterior, fenómeno que no responde a un cuestionamiento sobre la validez de la norma –como sucede ...

  3. Civil (reformado por la ley 17.711) también se había discutido acerca del ámbito de aplicación de esa norma. Th om En la finalización de este camino (hasta el momento), el Código Civil y Comercial, en su art. 1750, establece expresamente que el autor de un daño causado por un acto involuntario debe responder por razones de equidad.

  4. TÍTULO XX: DE LA NULIDAD Y LA RESCISIÓN. ARTÍCULO 1740. CONCEPTO Y CLASES DE NULIDAD. Es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato según su especie y la calidad o estado de las partes. La nulidad puede ser absoluta o relativa. ARTÍCULO 1741.

  5. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-01-2024 1 de 368 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  6. art 1749 cc. El artículo 1749 está recogido en el Código Civil español y hace referencia a la restitución si el comodante tiene urgencia de reclamar la cosa prestada. De lo contrario, tendrá que esperar a que termine el plazo acordado de préstamo. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS.

  7. ARTICULO 1750 .-Daños causados por actos involuntarios. El autor de un daño causado por un acto involuntario responde por razones de equidad. Se aplica lo dispuesto en el artí­culo 1742. El acto realizado por quien sufre fuerza irresistible no genera responsabilidad para su autor, sin perjuicio de la que corresponde a tí­tulo personal a ...