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  1. 9 de feb. de 2018 · La falta de probidad y honradez es uno de los motivos que los patrones pueden rescindir sus vínculos de trabajo, sin responsabilidad pare ellos; sin embargo es una figura confusa y subjetiva, que genera en las áreas de recursos humanos incertidumbre en su aplicación (art. 47, fracc. II, LFT). LEE: ¿PATRÓN DEBE PROBAR RECHAZO DE AVISO DE ...

  2. LFT-T13bis. LEY FEDERAL DEL TRABAJO. TÍTULO TRECE BIS. (ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, D.O.F. 1 DE MAYO DE 2019) CAPÍTULO I Del Procedimiento de Conciliación Prejudicial. (ADICIONADO, D.O.F. 1 DE MAYO DE 2019)

  3. C190 CONVENIO SOBRE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO, 2019 OIT. Es la primera norma internacional del trabajo que proporciona un marco común para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. MAS NO LIMITATIVAS DE ACOSO Y HOSTIGAMIENTO.

  4. 10 de ago. de 2023 · Artículo 51 LFT: Enumera las causas de terminación de un contrato sin responsabilidad para el patrón y entre ellas se encuentran los actos de violencia. II. Incurrir el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o ...

  5. Con la reforma laboral publicada en el DOF el 30 de noviembre de 2012, se adicionó, entre otros preceptos, el artículo 39-A a la LFT para estipular que en los contratos por tiempo indeterminado o cuando excedan de 180 días, se puede establecer un periodo de prueba de 30 días o de hasta 180 si se trata de trabajadores para puestos de dirección, gerenciales y demás personas que ejerzan ...

  6. Es de interés social garantizar un ambiente laboral libre de discriminación y de violencia, promover y vigilar la capacitación, el adiestramiento, la formación para y en el trabajo, la certificación de competencias laborales, la productividad y la calidad en el trabajo, la sustentabilidad ambiental, así como

  7. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia (artículo 47, fracción II, de la LFT).