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  1. Hace 3 días · Código Civil Artículo 1504. Incapacidad absoluta y relativa. Son absolutamente incapaces los impúberes. Sus actos no producen ni aún obligaciones naturales, y no admiten caución. Son también incapaces los menores púberes.

  2. Artículo 1500 del Código Civil. El comprador está obligado a pagar el precio de la cosa vendida en el tiempo y lugar fijado por el contrato. Si no se hubieren fijado, deberá hacerse el pago en el tiempo y lugar en que se haga la entrega de la cosa vendida. art 1500 cc. Este artículo hace referencia a las obligaciones del comprador en un ...

  3. www.impo.com.uy › bases › codigo-civilCódigo Civil - IMPO

    Texto incluido por la Comisión Nacional, creada para la elaboración del Código Civil actualizado, por Ley Nº 15.821 de fecha 14 de agosto de 1986. La referencia se entiende realizada a la Ley Nº 10.084 de fecha 3 de diciembre de 1941, artículo 1. Artículo 5 DEROGADO por Ley No. 10.084 del 3.12.41 (*) (*)

  4. Interpretación Art. 1503 del C.CyC. Infojus. Exclusividad. Mercaderías. Excepto pacto en contrarío: a. la concesión es exclusiva para ambas partes en el territorio o zona de Influencia determinados. El concedente no puede autorizar otra concesión en el mismo territorio o zona y el concesionario no puede, por sí o por interpósita persona ...

  5. art 1502 cc. El artículo 1502 del Código Civil español explica qué sucederá si en el contrato de compraventa el comprador se viera afectado en la posesión o dominio de la cosa adquirida, o sintiese temor de verse perturbado. En dicho caso podrá suspender el pago del precio hasta que cese esa perturbación o peligro. LIBRO IV.

  6. CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 17-01-2024 El C. Presidente Constitucional de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue: PLUTARCO ELIAS CALLES, Presidente