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  1. Art. 1568 16 de Mayo de 2000 Código Civil Artículo 1568 CC El pago efectivo es la prestación de lo que se debe.

  2. Do Casamento. Art. 1. 565. Pelo casamento, homem e mulher assumem mutuamente a condição de consortes, companheiros e responsáveis pelos encargos da família. § 1o Qualquer dos nubentes, querendo, poderá acrescer ao seu o sobrenome do outro. § 2o O planejamento familiar é de livre decisão do casal, competindo ao Estado propiciar recursos ...

  3. Artículo 1165 del Código Civil. Código Civil. No será válido el pago hecho al acreedor por el deudor después de habérsele ordenado judicialmente la retención de la deuda. art 1165 cc. El artículo 1165 del Código Civil español explica qué pago no será válido. Código Civil. LIBRO IV.

  4. Art. 1565 CC. Si el arrendamiento se ha hecho por tiempo determinado, concluye el día prefijado sin necesidad de requerimiento. No obstante, también podrá pactarse que el arrendamiento lo sea por un plazo indefinido, lo que no puede confundirse con perpetuo, dada la esencia temporal del arrendamiento.

  5. 19 de may. de 2024 · La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las circunstancias siguientes: 1ª. Que la promesa conste por escrito; 2ª. Que el contrato prometido no sea de aquellos que las leyes declaran ineficaces; 3ª. Que la promesa contenga un plazo o condición que fije la

  6. 19 de may. de 2024 · Art. 2465 16 de Mayo de 2000 Código Civil Artículo 2465 CC Toda obligación personal da al acreedor el derecho de perseguir su ejecución sobre todos los bienes

  7. A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario. art 1562 cc. El artículo 1562 del Código Civil español hace referencia a la presunción de que el arrendatario recibió la finca arrendada en buen estado. Código Civil.