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  1. Estructura provincial [ editar] Originalmente, el imperio azteca era una alianza suelta entre tres ciudades: Tenochtitlan, Texcoco y el socio menor, Tlacopan. Como tales, eran conocidos como la 'Triple Alianza'. Esta forma política era muy común en Mesoamérica, donde las alianzas de ciudades-estado fluctuaban siempre.

  2. Organización territorial de África. Este anexo recoge, en forma de tabla, la organización territorial de África completa, incluyendo países, territorios y el primer nivel de subdivisiones nacionales —sean estados, territorios, regiones, provincias...—, así como ciertas entidades políticas y geográficas importantes que pueden servir ...

  3. Organización territorial. La Ciudad de México está conformada por 16 demarcaciones territoriales que, de acuerdo con el Artículo 52, Apartado 4, de la Constitución Política de la Ciudad de México, son las siguientes [129] [130]

  4. Territorio del Distrito Federal de México tras su creación en 1824. Territorio actual de la Ciudad de México en México. La Ciudad de México ha pasado por una evolución territorial de casi 200 años, nació como territorio cedido de facto por el Estado de México a la federación mexicana para ser usado como residencia de los poderes federales, con el fin que el gobierno federal tuviese ...

  5. Desde principios del siglo XXI, la política exterior de México se orientó a proyectar una nueva imagen del país al mundo y favorecer la relación con Estados Unidos. Se buscó protagonismo donde no lo había tenido por decisión propia, involucrándose en la organización de instituciones regionales o recibiendo cumbres internacionales.

  6. División territorial. El nombre oficial de nuestro país es Estados Unidos Mexicanos, aunque también se conoce como República Mexicana o México, está integrado por 32 entidades federativas. La Ciudad de México es la capital y sede de los tres poderes de gobierno ( Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Fuente: INEGI.

  7. Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre. Establece los lineamientos de gobierno y obligaciones de los municipios. Artículo 116.