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  1. 4 de mar. de 2024 · En México, la ley sí regula las huelgas y manifestaciones. Estas regulaciones están incorporadas en la Ley Federal del Trabajo y se encuentran protegidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual, en sus artículos 5 y 123, establece la libertad de asociación y el derecho de huelga.

  2. 29 de feb. de 2024 · La regulación de las huelgas en México se encuentra en el artículo 450 y siguientes de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Estos artículos definen las condiciones bajo las cuales una huelga se considera legalmente existente y establecen los objetivos que una huelga puede perseguir. Según la LFT, una huelga se considera legalmente existente ...

  3. 30 de may. de 2023 · La Ley Federal del Trabajo en México establece que la huelga es un derecho de los trabajadores para defender sus intereses, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y procedimientos. Según la ley, para que los trabajadores puedan iniciar una huelga es necesario que se haya agotado el proceso de negociación colectiva y que se haya declarado la inexistencia de acuerdo entre los ...

  4. Artículo 403. En los casos de disolución del sindicato de trabajadores titular del contrato colectivo o de terminación de éste, las condiciones de trabajo continuarán vigentes en la empresa o establecimiento. << Capítulo II Índice Capítulo IV >>. Ley Federal del Trabajo Capítulo III,Título Séptimo, por Justia México.

  5. Del Trabajo y de la Previsión Social Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

  6. Ley Federal del Trabajo Federal Artículo 930.. En el procedimiento de declaración de inexistencia de la huelga, se observarán las normas siguientes: I.La solicitud para que se declare la inexistencia de la huelga, se presentará por escrito, acompañada de una copia para cada uno de los patrones emplazados y de los sindicatos o coalición de trabajadores emplazantes.

  7. Ley Federal del Trabajo Federal Artículo 469.. La huelga terminará: I.Por acuerdo entre los trabajadores huelguistas y los patrones; II.Si el patrón se allana, en cualquier tiempo, a las peticiones contenidas en el escrito de emplazamiento de huelga y cubre los salarios que hubiesen dejado de percibir los trabajadores; III.Por laudo arbitral de la persona o comisión que libremente elijan ...