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  1. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia indicó frente a los contratos bilaterales, y acorde con el artículo 1546 del Código Civil, que consagra la condición resolutoria tácita, que esta figura consiste en la facultad a favor del contratante cumplido para pedir la resolución o el cumplimiento del pacto, en uno y otro caso con indemnización de perjuicios, frente al ...

  2. Dentro del presente estudio, que se expone como trabajo de tesis, se analizan las implicaciones que tiene la "Condición Resolutoria Tácita" dentro de los contratos bilaterales y en especial, en el Contrato de compraÁventa, su naturaleza jurídica, sus condiciones, sus consecuencias y en general, los diferentes matices que adquiere dependiendo de la óptica desde la cual se analice; es por ...

  3. En resumen, el arrendador es quien ofrece y el arrendatario es quien recibe y paga por eso. Esta definición se encuentra en el artículo 1546 del Código Civil. El artículo 1546 del Código Civil español hace referencia a los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas, así como a las figuras del arrendador y el arrendatario. Código Civil.

  4. El artículo 1546 del Código Civil Colombiano establece que el vendedor debe entregar la cosa vendida en el plazo acordado en el contrato o, de no haberse fijado plazo, dentro de un tiempo razonable. Si el vendedor incumple esta obligación de entrega, se considera en mora y deberá indemnizar al comprador los perjuicios causados por este ...

  5. 12 de ene. de 2021 · Art. 1546 CC – Artículo 1546 del Código Civil Español. Se llama arrendador al que se obliga a ceder el uso de la cosa, ejecutar la obra o prestar el servicio, y arrendatario al que adquiere el uso de la cosa o el derecho a la obra o servicio que se obliga a pagar. Quizás también le puedan interesar los siguientes artículos del Código ...

  6. Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimiento de la Ley de 26 de mayo último. Vigencia desde 01 de Mayo de 1889. Revisión vigente desde 02 de Marzo de 2023.

  7. La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia explicó que la acción resolutoria o la pretensión de cumplimiento, reguladas en el artículo 1546 del Código Civil, requieren para su buen suceso que el reclamante haya honrado sus compromisos.

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