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  1. 8. ‘‘Derecho” en sentido de ‘‘derecho positivo” Segunda parte I. El derecho como sistema de normas 1. lenguaje, realidad y derecho 2. Nacho el gacho 3. Mentes, discurso y programación II. Definición de “norma jurídica” 1. Clasificación de enunciados 2. Tipos de enunciados y funciones lingüísticas 3. Elementos necesarios de ...

  2. diferenciar al Derecho civil de otros como el Derecho familiar o del suceso­ rio, el cual consideramos nosotros, es el Derecho familiar patrimonial, por excelencia. Pioreti, perteneciente a la nueva escuela de Derecho civil, ]0 señala como "el con junto de reglas obligatorias que rigen en las sociedades hu­

  3. El derecho procesal civil, según el autor a, se define como la rama del derecho que regula los procedimientos judiciales relacionados con disputas civiles. Este autor destaca la importancia de garantizar un proceso justo y equitativo para todas las partes involucradas en un litigio civil, asegurando el respeto de los derechos y la aplicación ...

  4. El concepto de Derecho Civil según Rojina Villegas, se define como un conjunto bilateral de normas externas, normalmente heterónomas y coercibles, que tienen como fin la regulación de la conducta humana. Otro concepto de Derecho Civil según García Máynez, nos habla de un grupo de normas, reglas y preceptos imperativo-atributivos que ...

  5. analizamos cada una de las concepciones restantes del derecho -como valor, como norma, y como hecho- para poder finalmente sugerir una solución comprensiva del problema. Algunos autores creen en la incompatibilidad de englobar bajo u% sola definición objetos tan diversos, y por tanto en la imposibilidad

  6. El Derecho Familiar según autores es esencial para regular las relaciones familiares, proteger los derechos de sus miembros y promover la igualdad de género y la diversidad familiar. Su evolución refleja la adaptación a una sociedad en constante cambio y evolución de las estructuras familiares. Comparte en tus Redes Sociales.

  7. El derecho civil según Eduardo García Maynez es el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida privada de las personas. Estas normas establecen relaciones jurídicas entre los ciudadanos, regulan el nacimiento y la extinción de la personalidad civil, los actos de comercio y el régimen de los bienes, entre otros aspectos.