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  1. Derecho Romano II: Obligaciones y Contratos. Fuentes - Recopilación on JSTOR. En una época en la que los procesos de globalización , unificación y armonización hacen necesario el diálogo entre los juristas de diferentes sistemas y ordenam...

  2. En un principio obligatio y obligare eran conceptos limitados al ius civile, y las obligationes sólo surgían de relaciones determinadas y típicas contempladas por el Derecho civil. Por el contrario, aquellas relaciones entre los individuos que no estuviesen contempladas por el ius civile, no eran consideradas como obligaciones, y por tanto ...

  3. 1 de oct. de 2012 · Las Obligaciones en el Derecho Romano. Por: Anavitarte, E. J.*. Por obligaciones, se entienden todos aquellos derechos, que una persona tenía, de exigir a otra, el cumplimiento de una acción o el pago de una cosa. Por lo que también podrían llamarse, derechos de cŕedito. Este concepto de exigibilidad jurídica, de los derechos que se ...

  4. Obligaciones correales | Derecho de obligaciones en Derecho romano (II) Se dice que hay solidaridad entre deudores cuando varios responden conjuntamente –"todos y cada uno"; "cada cual por todos"– de la misma obligación. Cada deudor se obliga por sí –como deudor principal–, respecto de toda la prestación.

  5. Aunque la obligación se defina como un iuris vinculum, no quiere esto decir que vincule la voluntad. No pesa sobre la libertad del deudor, sino exclusivamente sobre sus bienes. La responsabilidad que por Derecho lleva aparejada toda obligación se reduce al deber de reparar los daños producidos por el incumplimiento, cuando sea imputable al ...

  6. misión, modificación, creación o extinción de derechos y obligaciones, género del cual el contrato es una especie. J.l.g.a. artículo 1793. los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos. Comentario. En el antiguo derecho romano, como explica el gran jurista

  7. El Derecho Romano es la doctrina racional o ciencia que elaboraron los juristas de la antigua Roma, especialmente durante la época clásica (130 a.C a 230 d.C.), para el discernimiento de la conducta justa a seguir en las relaciones patrimoniales entre las personas o entre una persona y la comunidad. En su acepcion se entiende por derecho ...