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  1. art 1557 cc. El artículo 1557 del Código Civil español establece que el arrendador no tiene derecho a variar la forma de la cosa en un contrato de arrendamiento. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título VI: Del contrato de arrendamiento. Capítulo II: De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas

  2. Según el artículo 1557 del código civil, el arrendador no tiene el derecho de cambiar la forma o características de la propiedad que está siendo alquilada. Esto significa que si una persona está alquilando una casa, el propietario no puede hacer cambios importantes en la estructura de la casa sin el consentimiento del arrendatario.

  3. 28 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1557. Se debe la indemnización de perjuicios desde que el deudor se ha constituido en mora, o si la obligación es de no hacer, desde el momento de la contravención. Chile Art. 1557 CC

  4. Para que el deudor de una obligación contractual sea responsable de su incumplimiento es necesario la constatación de los siguientes elementos: - la constitución en mora del deudor. En el presente trabajo sólo nos centraremos en el hecho generador del incumplimiento contractual.

  5. Todas las obligaciones impuestas al arrendador se derivan del principio básico de que éste está obligado a procurar al arrendatario el goce de la cosa arrendada por todo el tiempo que dure el arrendamiento, en cuanto deberes correlativos al derecho de uso y disfrute del arrendatario. Así el arrendador está obligado a:

  6. La doctrina se encuentra prácticamente conteste que a partir del artículo 1557 CC. exige la constitución en mora del deudor para la indemnización de todos los perjuicios, tanto compensatorios como moratorios.

  7. El artículo trata de la constitución en. mora del deudor según el Código Civil. Frente a la interpretación tradicional. que observa la mora del deudor como. una lesión del crédito, se postula que la. constitución en mora del deudor es sólo. un retraso cali cado con efectos reducidos. principalmente al cobro de intereses mo-