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  1. El interés legal es el que el Estado fija como predeterminado en caso de que no se haya pactado otro interés. Actualmente es del nueve por ciento anual. Los intereses legales son tipos de interés establecidos por la Ley, en vez de ser pactados entre acreedor y deudor.

  2. El interés legal es aquel establecido por la ley como un porcentaje anual que se aplica sobre el monto adeudado. Este interés se utiliza en situaciones de contratos donde no se han pactado intereses o en casos en los que la ley determina su aplicación.

  3. Regula el artículo 152 de esta ley que una de las cosas que se pueden reclamar en una acción cambiaria son los intereses moratorios al tipo legal que se hayan acumulado desde el día del vencimiento de la deuda. Esto en caso de que no haya un interés moratorio establecido en el acuerdo original.

  4. El interés legal en México se caracteriza por estar establecido legalmente en el artículo 1108 del Código Civil, lo que le otorga un respaldo legal sólido. Además, se establece como una tasa fija determinada por la ley, la cual puede variar en función de las disposiciones legales vigentes.

  5. Las partes no pueden, bajo pena de nulidad, convenir de antemano que los intereses se capitalicen y que produzcan intereses. Guía legal: Es permitido estipular interés por el mutuo, ya consista en dinero, ya en géneros.

  6. Cobrar intereses en los préstamos no es un requisito obligatorio, ya sea en el mutuo o en el préstamo mercantil. Según los artículos 2384 y 2393 del Código Civil Federal se distingue entre el “mutuo simple”, donde no se especifica un interés, y el “mutuo con interés”, que implica el cobro de intereses.

  7. ¿Cuál es el interés moratorio máximo permitido por la ley? El interés legal es una tasa establecida por la ley que se aplica cuando no se ha pactado un interés específico en un contrato o cuando existen disposiciones legales que determinan su aplicación.