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  1. Denominación reformada DOF 29-05-2000 (antes “Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal” ) Disposiciones Preliminares

  2. Código Civil Federal. Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte. La herencia se defiere por la voluntad del testador o por disposición de la ley. La primera se llama testamentaria, y la segunda legítima.

  3. Te explicamos el artículo 1289 del Código Civil Federal de México que hace referencia al derecho de los herederos a la masa hereditaria.

  4. 5 de may. de 2024 · Art. 1289 CCF de 1928 Código Civil Federal Artículo 1289 Cada heredero puede disponer del derecho que tiene en la masa hereditaria; pero no puede disponer de de la Federación

  5. Te explicamos el artículo 1289 del Código Civil que aclara qué pasará cuando sea absolutamente imposible resolver las dudas establecidas.

  6. Código Civil Federal. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Título Primero - Disposiciones Preliminares (Artículo 1281 - Artículo 1294) Título Segundo - De la Sucesión por Testamento (Capítulo I - Capítulo IX)

  7. 16 de sept. de 2021 · Ante semejante eventualidad el art. 1289 obliga a distinguir según las dudas recaigan sobre “circunstancias accidentales del contrato” (párrafo 1) o sobre “el objeto principal del contrato” (párrafo 2); pues en el primer caso, la consecuencia normativa es una manifestación más del principio de conservación del contrato ...