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  1. Artículo 1300 del Código Civil. La disposición hecha en términos vagos en favor de los parientes del testador, se entenderá que se refiere a los parientes más próximos, según el orden de la sucesión legítima.

  2. art 1300 cc. El artículo 1300 del Código Civil español hace referencia a que hay varios requisitos expresados en el artículo 1261 que permiten anular el contrato. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título II: De los contratos. Capítulo VI: De la nulidad de los contratos. Artículo 1300; Artículo 1301; Artículo ...

  3. Artículo 1300 del Código Civil. Los contratos en que concurran los requisitos que expresa el artículo 1261 pueden ser anulados, aunque no haya lesión para los contratantes, siempre que adolezcan de alguno de los vicios que los invalidan con arreglo a la ley. art 1300 cc. Explicación sencilla.

  4. Artículo 1300. Artículo 1301. Artículo 1302. Artículo 1303. Artículo 1304. Artículo 1295. Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte. Artículo 1296.

  5. 5 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1300. La disposición hecha en términos vagos en favor de los parientes del testador, se entenderá que se refiere a los parientes más próximos, según el orden de la sucesión legítima.

  6. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-01-2024 1 de 368 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  7. Código Civil Federal› Libro Tercero - De las Sucesiones. Código Civil Federal. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF.