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  1. Artículo 172 del Código Penal. Código Penal. 1. El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de ...

  2. El Código Penal define los delitos y faltas que constituyen los presupuestos de la aplicación de la forma suprema que puede revestir el poder coactivo del Estado: la pena criminal.

  3. 31 de mar. de 2020 · Este delito se encuentra regulado en el artículo 172.3 del Código Penal. Conforme al citado artículo: “Fuera de los casos anteriores, el que cause a otro una coacción de carácter leve, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses. Este hecho sólo será perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.

  4. Artículo 172.3 del Código Penal. La coacción en casos de violencia de género y contra personas vulnerables. De manera particular, el punto 2 del mismo artículo estipula la pena para el delito leve de coacción contra la mujer víctima de violencia de género.

  5. 28 de jul. de 2021 · Artículo 172.2 del Código Penal. El artículo 172.3 contempla un tipo de coacciones leves fuera de la violencia de género. 3. Fuera de los casos anteriores, el que cause a otro una coacción de carácter leve, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.

  6. 13 de ene. de 2024 · Artículo 172 quáter introducido por el artículo único de la L.O. 4/2022, de 12 de abril, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo («B.O.E.» 13 abril).Vigencia: 14 abril 2022.

  7. Artículo 172.2 del Código Penal. Agravación o atenuación de la pena. Las coacciones en los casos de violencia doméstica o de género se consideran más graves si se cumplen ciertos requisitos. De esta forma, se impondrá la pena en su mitad superior en los siguientes supuestos: Cuando el delito se cometa en presencia de menores.