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  1. En este artículo se recogen las penas con las que se castiga el delito de lesiones, teniendo en cuenta la gravedad (p. ej., menor que las recogidas en el art. 147.2 CP) y las circunstancias en las que se produzcan.

    • ¿En Qué consiste El Delito Leve de Maltrato de Obra O Agresión Sin lesiones?
    • ¿Qué Pena conlleva El Delito de Maltrato de Obra O Agresión Sin lesiones?
    • ¿Qué Se considera Maltrato de obra?
    • Ejemplos Del Delito de Maltrato de Obra O Agresión Sin Lesiones
    • ¿Cómo Se Persigue El Delito de Maltrato de Obra O Agresión Sin lesiones?
    • El Delito de Maltrato de Obra O Agresión Sin Lesiones en El ámbito Familiar

    El delito leve de maltrato de obra se regula en el artículo 147.3 del Código Penal, que forma parte del Título III (De las lesiones) del Libro II (Delitos y sus penas) de esta ley. La conducta típica en este delito consiste engolpear o maltratar de obra a una persona, sin llegar a causarle ningún tipo de lesión.

    Para este delito se establece unapena de multa de 1 a 2 meses, por lo que se trata de uno de los llamados delitos leves, que son los que llevan aparejada una pena leve conforme al artículo 13.3 del Código Penal. A la hora de calcular la multa, el Juez tendrá en cuenta diversos criterios, siendo especialmente relevantes las circunstancias económicas...

    El artículo 147.3 del Código Penal habla de dos conceptos: golpear y maltratar de obra. El primero de ellos queda más claro, pero conviene aclarar qué se entiende por maltratar de obra. Para ello vamos a recurrir a la RAE, que define este término como: “Tratar mal a alguien mediante acciones u omisiones”. A lo que añade:“Se usa para expresar una de...

    Algunos posibles ejemplos del delito de maltrato de obra o agresión sin lesiones serían dar una patada, propinar una bofetada, empujar contra una pared o agarrar y zarandear con violenciaa una persona, siempre y cuando estas conductas no causen ningún tipo de lesión.

    Para perseguir este delito es necesario que la propia persona agraviada, o su representante legal en su caso, presente una denuncia. Se trata, pues, de un delito semipúblico. Por lo tanto, se trata de uno de los pocos delitos que puede ser “solucionado” sin necesidad de celebrar juicio mediante el llamado “perdón del ofendido”. Si el denunciante ma...

    Esta figura delictiva prevé dos modalidades agravadas: en el ámbito de la violencia de géneroy en el ámbito de la violencia doméstica. En el artículo 153.1 del Código Penal se recoge una modalidad de este delito en el que la conducta típica es la misma (golpear o maltratar de obra sin causar lesión), pero la víctima es o ha sido esposa de su autor,...

    • 091-641-1969
  2. 13 de oct. de 2020 · Pues bien, el Supremo en esta sentencia trata de delimitar el delito de maltrato a un menor y entiende que éste se comete cuando la víctima es menor y aunque no exista convivencia, dicho menor este sujeto a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o convivente.

  3. 2 de sept. de 2021 · En su redacción actual, castiga la conducta de quien, por cualquier medio o procedimiento, cause a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del art. 142, o bien golpee o maltrate de obra a otro sin causarle lesión.

  4. 30 de abr. de 2022 · Artículo 153.1 del Código Penal. Ejemplo delito leve por golpear o maltratar de obra sin causar lesión. Un ejemplo lo encontramos cuando una persona agrede a otra dándole una bofetada sin dejarle marca, sin que se produzca ninguna lesión (no necesita asistencia facultativa). Sentencia delito leve golpear o maltratar de obra.

  5. Artículo 153 del Código Penal. Si la reaprehensión del prófugo se lograre por gestiones del responsable de la evasión, se aplicarán a éste de diez a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, según la gravedad del delito imputado al preso o detenido, salvo lo dispuesto por el artículo 150, segundo párrafo. art 153 cp.

  6. 9 de mar. de 2013 · marzo 9, 2013. Se castigan en este precepto, en el maltrato singular, determinadas conductas que, de lo contrario, sólo serían sancionadas como faltas de lesiones. ‐ Bien jurídico a proteger en el maltrato singular.