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  1. Artículo 1555 del Código Civil. En el sobre cerrado que contenga el duplicado del testamento ológrafo se pondrá la siguiente constancia extendida por el encargado de la oficina: Recibí el pliego cerrado que el señor ......... afirma contiene original su testamento ológrafo, del cual, según afirmación del mismo señor, existe dentro de ...

  2. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 3 de 316 Lo dispuesto en el presente artículo se observará cuando resultare aplicable el derecho de otra entidad de la Federación. Artículo 15.-

  3. El artículo 1555 del Código Civil español hace referencia a las obligaciones del arrendatario en un contrato de arrendamiento. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título VI: Del contrato de arrendamiento. Capítulo II: De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas.

  4. Artículo 1555. Artículo 1556. Artículo 1557. Artículo 1558. Artículo 1559. Artículo 1560. Artículo 1561. Artículo 1562. Artículo 1563. Artículo 1564. Artículo 1550. Se llama testamento ológrafo al escrito de puño y letra del testador.

  5. Artículo 1555 del Código Civil. El arrendatario está obligado: 1.º A pagar el precio del arrendamiento en los términos convenidos. 2.º A usar de la cosa arrendada como un diligente padre de familia, destinándola al uso pactado; y, en defecto de pacto, al que se infiera de la naturaleza de la cosa arrendada según la costumbre de la tierra.

  6. Artículo 1554; Artículo 1555; Artículo 1556; Artículo 1557; Artículo 1558; Artículo 1559; Artículo 1560; Artículo 1561; Artículo 1562; Artículo 1563; Artículo 1564; Expandir Capítulo V - Del Testamento Privado (Artículo 1565 - Artículo 1578) Artículo 1565; Artículo 1566; Artículo 1567; Artículo 1568; Artículo 1569; Artículo ...

  7. Código Civil Federal› Libro Tercero - De las Sucesiones› Título Tercero - De la Forma de los Testamentos› Capítulo III - Testamento Público Cerrado› Artículos 1521 al 1549. Código Civil Federal. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 1521.