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  1. 3 de oct. de 2023 · Art. 159. El contrato de trabajo terminará en los L. 19.010. siguientes casos: Art. 1º. 1.- Mutuo acuerdo de las partes. 2.- Renuncia del trabajador, dando aviso a su empleador con. treinta días de anticipación, a lo menos. 3.- Muerte del trabajador. 4.-

    • ORD. N°1922/34

      ORD. N°1922/34 Aluvión; Contratos de trabajo; Efectos;...

    • ORD. Nº5027/234

      ORD. Nº5027/234 Fuero sindical; Personal de exclusiva...

    • Nº3282/241

      En consecuencia, sobre la base de la disposición legal...

    • ORD. Nº1671/69

      1) No procede considerar como contratos de plazo fijo, las...

  2. 1 de mar. de 2024 · Terminación de Contrato, Aviso de despido Las causales de término de contrato son: Art. 159: 1.Mutuo acuerdo de las partes. 2.- Renuncia del trabajador. 3.- Muerte del trabajador. 4.- Vencimiento del plazo convenido. 5.- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato. 6.- Caso fortuito o fuerza mayor. Artículo 160: 1.-

    • ¿De Qué Trata El Derecho Al ascenso?
    • ¿Y Qué Pasa en Un Escenario Más Cerrado?
    • ¿Y en Los Puestos de Nueva Creación?

    Como su nombre lo indica, la ley dice que los empleados tienen derecho a subir de puesto cuando exista una vacante o se cree un nuevo puesto, pero no es una obligación del patrón dar el ascenso a los colaboradores, lo que establece el artículo es que los trabajadores tienen derecho a ser tomados en cuenta en el proceso interno. Es decir, existen mu...

    Si los colaboradores candidatos al ascenso tuvieran la misma productividad, ambos fueran aptos para el puesto y lleven el mismo tiempo trabajando en la empresa, aquel que tenga mayor responsabilidad económica (dependientes o familia), tendría más oportunidades.

    Básicamente las reglas son las mismas, sin embargo, con los puestos que son nuevos en las empresas, puede ser más complicado que el talento interno se adapte a la vacante, por lo que Recursos Humanos tiene mayor libertad para buscar candidatos externos. Lo que es importante que recuerdes que aunque la antigüedad influye, no es un factor decisivo al...

  3. Artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo. ¿En qué consiste este despido? La causal por vencimiento del plazo convenido en el contrato, establecida en el artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo, se refiere a la terminación del contrato debido al cumplimiento del plazo establecido en él.

  4. Precisado lo anterior, cabe tener presente que el artículo 159 4 del Código del Trabajo es claro y categórico en señalar que la duración del contrato de plazo fijo, no podrá ser superior a un año o dos, según el caso, circunstancia que permite sostener que dicho término está concebido tanto para la duración del contrato inicial ...

  5. 31 de ene. de 2020 · Artículo: Causal: Plazo para la entrega de la carta de aviso: Art.159 Nro.4: Vencimiento del plazo convenido en el contrato: 3 días hábiles siguientes a la separación del trabajador: Art.159 Nro.5: Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato: 3 días hábiles siguientes a la separación del trabajador: Art.159 Nro.6

  6. Título Cuarto - Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones. Capítulo IV - Derechos de Preferencia, Antigüedad y Ascenso. Última Reforma DOF 27-12-2022. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 154. Artículo 155. Artículo 156. Artículo 157. Artículo 158. Artículo 159. Artículo 160. Artículo 161. Artículo 162. Artículo 154.