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  1. art 1444 cc. El artículo 1444 del Código Civil español explica que los cónyuges pueden acordar en las capitulaciones matrimoniales que vuelvan a regir las reglas anteriores a la separación de bienes. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título III: Del régimen económico matrimonial

  2. Explicación sencilla. El artículo 1444 del Código Civil establece que, a pesar de lo que se establece en el artículo anterior (sobre la separación de bienes), los cónyuges tienen la opción de acordar en capitulaciones matrimoniales que las mismas reglas que aplicaban antes de la separación de bienes vuelvan a regir.

  3. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-01-2024 1 de 368 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  4. 19 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1444 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19-05-2024. Código Civil. Artículo 1444. Se distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y las puramente accidentales. Son de la esencia de un contrato aquellas cosas sin las cuales o no produce ...

  5. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1444. El legado de una deuda hecho al mismo deudor extingue la obligación, y el que debe cumplir el legado está obligado, no solamente a dar al deudor la constancia del pago, sino también a desempeñar las prendas, a cancelar las ...

  6. Código Civil Federal Articulo 1,444. ARTICULO 1,444.- El legado de una deuda hecho al mismo deudor extingue la obligación, y el que debe cumplir el legado está obligado, no sol

  7. Código Civil Federal. › Libro Tercero - De las Sucesiones. › Título Segundo - De la Sucesión por Testamento. › Capítulo VII - De los Legados. › Artículos 1391 al 1471. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 1391. Artículo 1392. Artículo 1393. Artículo 1394. Artículo 1395. Artículo 1396. Artículo 1397.