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  1. 21 de jul. de 2021 · Desde el Estatuto de 1981, Andalucía se reafirma como una nacionalidad histórica que, en el ejercicio del derecho de autogobierno que reconoce el artículo 2 de la Constitución, se constituye en comunidad autónoma en el marco de la unidad de la nación española. Web del Estatuto Andaluz de Autonomía.

    • Derechos sociales, deberes y políticas públicas. [Bloque 15: #ci] CAPÍTULO I. Disposiciones generales. Subir. [Bloque 16: #a12] Artículo 12. Titulares.
    • Competencias de la Comunidad Autónoma. [Bloque 50: #ci-2] CAPÍTULO I. Clasificación y principios. Subir. [Bloque 51: #a42] Artículo 42. Clasificación de las competencias.
    • Organización territorial de la Comunidad Autónoma. [Bloque 100: #a89] Artículo 89. Estructura territorial. 1. Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por ley.
    • Organización institucional de la Comunidad Autónoma. [Bloque 111: #a99] Artículo 99. La Junta de Andalucía. 1. La Junta de Andalucía es la institución en que se organiza políticamente el autogobierno de la Comunidad Autónoma.
  2. ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ANDALUCÍA. PERMANENTEMENTE ACTUALIZADO. Año de la publicación: 2023. Descargar PDF 1.769 kB. Descargar EPUB 1.456 kB. Comprar edición en papel. Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuo de Autonomía para Andalucía. Índice analítico. Ayúdenos a mejorar.

  3. Escudo de Andalucía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía (o simplemente Estatuto de Andalucía) es la norma institucional básica de la comunidad autónoma de Andalucía, integrante de España.

  4. www.parlamentodeandalucia.es › documents › 20121Estatuto dE autonomía

    ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA 14 Artículo 3. Símbolos. 1. La bandera de Andalucía es la tradicional formada por tres franjas horizontales –verde, blanca y verde– de igual anchura, tal como fue aprobada en la Asamblea de Ronda de 1918. 2. Andalucía tiene escudo propio, aprobado por ley de su Parlamento,

  5. Artículo 1. Andalucía, como expresión de su identidad his-tórica y en el ejercicio del derecho al autogobierno que la Constitución reconoce a toda nacionalidad, se constituye en Comunidad Autónoma, en el marco de la unidad indisoluble de la nación española, patria co-mún indivisible de todos los españoles.