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  1. La presente ley norma las actividades de la Industria Eléctrica y establece los principios para la fijación de precios y tarifas de electricidad en todo el territorio nacional. Están sometidas a la presente ley, todas las personas individuales y colectivas dedicadas a la Industria Eléctrica, cualesquiera sea su forma y lugar de constitución.

  2. La ley de electricidad Boliviana (Ley N° 1604), fue emitida el 21 de diciembre de 1994, y la misma norma las actividades de la Industria Eléctrica y establece los principios para la fijación de precios y tarifas de electricidad en todo el territorio nacional.

    • (Alcance) La presente ley norma las actividades de la Industria Eléctrica y establece los principios para la fijación de precios y tarifas de electricidad en todo el territorio nacional.
    • (Definiciones) Para la aplicación de la presente ley, se establecen las siguientes definiciones
    • (Principios) Las actividades relacionadas con la Industria Eléctrica se regirán por principios de eficiencia, transparencia, calidad, continuidad, adaptabilidad y neutralidad.
    • (Necesidad nacional) A los efectos del artículo 25° de la Constitución Política del Estado, en forma expresa, se declara de necesidad nacional las actividades de Generación, interconexión, Transmisión, Distribución, comercialización, importación y exportación de electricidad, ejercidas por Empresas Eléctricas y autoproductores.
    • Reglamento de Operación del Mercado Eléctrico (DS 26093): centra su atención en el funcionamiento de todo el sector. Especifica las funciones y atribuciones que tiene el CNDC.
    • Reglamento de Concesiones, Licencias y Licencias Provisionales (DS 24043): toca, como su nombre lo dice, todas las disposiciones referentes a las licencias, concesiones y licencias provisionales que se otorguen, tales como plazos, actividades que requieren licencia y cuáles no la necesitan, requisitos para obtenerlas, etc.
    • Reglamento para el Uso de Bienes de Dominio Público y Constitución de Servidumbres (DS 24043): trata, básicamente, la forma en que se tratan los bienes públicos cuando están dentro del área de concesión de los titulares y están relacionados con la actividad de los mismos.
    • Reglamento de Precios y Tarifas (DS 26094): se refiere íntegramente a las fórmulas de determinación de precios máximos y tarifas para la generación, transmisión y distribución.
  3. Es la Ley de Electricidad Número 1604 de 21 de diciembre de 1994. Mercado. Es el Mercado Eléctrico Mayorista integrado por Generadores, Transmisores, Distribuidores y Consumidores No Regulados, que efectúan operaciones de compra venta y transporte de electricidad en el Sistema Interconectado Nacional. Mercado de Contratos.

  4. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1.- (ALCANCE). La presente ley norma las actividades de la Industria Eléctrica y. establece los principios para la fijación de precios y tarifas de electricidad en todo el territorio. nacional. Están sometidas a la presente ley, todas las personas individuales y colectivas.

  5. LEY1604 Ley del 21 de diciembre de 1994. EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: LEY DE ELECTRICIDAD. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1. (ALCANCE).-La presente ley norma las actividades de la Industria Eléctrica y establece los principios para la fijación de precios y tarifas de electricidad en todo el territorio nacional.