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  1. La regla específica o el conjunto específico de reglas que se aplica a una partida, subpartida o fracción arancelaria se establece al lado de la partida, subpartida o fracción arancelaria correspondiente.

  2. Las reglas específicas de origen por producto de textiles y prendas de vestir tal como se definen en el Capítulo 4 (Mercancías Textiles y Prendas de Vestir) están contenidas en el Anexo 4-A (Reglas Específicas de Origen por Producto de Textiles

  3. www.protlcuem.gob.mx › swb › esPROTLCUEM - TLCUEM

    • Comercio de Bienes
    • Compras en El Sector Público
    • Presentación de Servicios Distintos A Los Financieros.
    • Presentación de Servicios Financieros.
    • Inversión Y Pagos Relacionados
    • Propiedad Intelectual.
    • Solución de controversias.

    En virtud del Tratado se eliminaron o redujeron los impuestos que México y la Unión Europea (UE) aplican a la importación de una gran cantidad de bienes. Esto implica que los empresarios de ambas partes no tienen que incurrir en el pago de los aranceles que enfrentan sus competidores de terceros países que no cuentan con esquemas comerciales prefer...

    La Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto UE – México contiene disciplinas que regulan el acceso de los proveedores de bienes, servicios y obra pública a los procesos de compra que realicen las entidades de la otra parte. Lo anterior otorga a los empresarios mexicanos y europeos la posibilidad de ofrecer sus bienes o servicios a las entidades pública...

    Se negociaron disciplinas en relación con el comercio de servicios distintos a los financieros. Si bien el Capítulo I del Título II de la Decisión 2/2001no contiene un listado de los compromisos en materia de servicios, las autoridades de México y los Estados miembro de la UE acordaron que a partir de la entrada en vigor de la Decisión, ninguna de ...

    Soy proveedor de ciertos servicios financieros: Cobertura.- Los servicios financieros que los proveedores del Tratado pueden prestar de conformidad con el Capítulo III de la Decisión 2/2001 comprenden los siguientes: 1. Servicios de seguros y relacionados. Seguros de vida, o distintos a los de vida; reaseguros y retrocesión; actividades de intermed...

    Las partes tienen la obligación de no imponer restricciones a los pagos relacionados con la inversión extranjera directa, que no hayan existido en la fecha en que entró en vigor el Tratado. Sin embargo, también se pactaron algunas excepciones para casos extremos: Dificultades por políticas cambiaria y monetaria.- Si en circunstancias excepcionales,...

    De conformidad con el artículo 36 establecido en el Título IV de la Decisión 2/2001, México y los Estados miembro de la UE reiteraron su compromiso de proteger de forma adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual. Lo anterior, de conformidad con los siguientes instrumentos internacionales que establecen disposiciones específicas en m...

    Cuando una de las partes considera que la otra ha incumplido con sus obligaciones, establecidas en las Decisiones 2/2000 y 2001, puede presentar sus reclamaciones en el marco del mecanismo de solución de controversias. Los particulares no pueden recurrir a nombre propio al mecanismo: sólo las autoridades de las partes del tratado pueden hacerlo. Al...

  4. ARTÍCULO 27: REGLAS DE ORIGEN. Ninguna Parte aplicará reglas de origen a los bienes importados de la otra Parte para efectos de compras gubernamentales cubiertas por este título que sean diferentes o incompatibles con las reglas de origen que la Parte aplique en las operaciones comerciales normales.

  5. REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS POR PRODUCTO Sección A- Nota General Interpretativa Para los propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Anexo: (a) las fracciones arancelarias a las que se hace referencia este Anexo, mostradas genéricamente

  6. Sección A: Reglas de Origen Artículo 3.1: Definiciones Para los efectos de este Capítulo: acuicultura significa la cría de organismos acuáticos incluyendo peces, moluscos, crustáceos, otros invertebrados acuáticos y plantas acuáticas a partir de material de reproduccióntal como huevos, pececillos, alevines , larvas, mediante la o

  7. Sección A - Notas Generales Interpretativas. Para los efectos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Anexo: la regla específica, o el conjunto específico de reglas, que se aplica a una partida. a una subpartida se establece al lado de la partida o subpartida;