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  1. Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse,

  2. Artículo 122. Autonomía de la Ciudad de México. ¿Qué dice el Artículo 122 de la Constitución? La Ciudad de México es una entidad federativa que goza de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa.

  3. CPEUM Artículo 122 Federal de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/05/2024. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Federal. Artículo 122. La Ciudadde México es una entidad federativa que goza de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa.

  4. archivos.juridicas.unam.mx › www › bjvArtículo 122 - UNAM

    el primer párrafo del artículo 119. Se remite al lector a los antecedentes de dicho artículo para lo que se refiere al texto original del presente numeral, así como a los del artículo 44 en lo que se refiere a los antece-dentes históricos del Distrito Federal, hoy Ciudad de México. El texto original del artículo 122 en la Constitución

  5. entrarán en vigor de conformidad con lo establecido en el Artículo Décimo Sexto Transitorio del Decreto. 2. Las reformas, adiciones y derogaciones a los artículos 79, 108, 109, 113, 114, 116, fracción V y 122, BASE QUINTA, publicadas por Decreto DOF 27-05-2015, en materia de combate a la corrupción, entrarán