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  1. 24 de oct. de 1997 · Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Publicado en: «BOE» núm. 256, de 25/10/1997. Entrada en vigor: 25/12/1997. Departamento: Ministerio de la Presidencia. Referencia: BOE-A-1997-22614. Permalink ELI:

  2. 24 de oct. de 1997 · 22614 REAL DECRETO 1627/1997. de 24 de octu­ bre. por el que se establecen disposiciones mfnimas de seguridad y de salud en las obras de construccion. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevenci6n de Riesgos Laborales, es la norma legal por la que se determina el cuerpo basico de garantras y responsabi­

  3. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

  4. Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

  5. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. (BOE nº 256, de 25 de octubre)

  6. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. - Boletín Oficial del Estado de 25-10-1997. Tiempo de lectura: 7 min. Índice. Texto. Ambito: BOE. Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Marzo de 2010. F. entrada en vigor: 25/10/1997.

  7. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. El presente Real Decreto establece, en el marco de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, las disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a las obras de construcción.