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  1. Requisitos para una sentencia inmediata en la audiencia previa. Dispone el art. 428.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) que, si las partes no hubieran alcanzado un acuerdo, pero hubieran manifestado su conformidad con los hechos y su discrepancia fuera meramente jurídica, "el tribunal dictará sentencia dentro de 20 días a partir del ...

    • Alberto Saíd
    • I. ANTECEDENTES
    • 1. Conciliación
    • 7. ¿Son Excepciones Procesales la Falta de Cumplimiento del Plazo o de la Condición a que Está Sujeta la Obligación?
    • III. UTILIDAD PRÁCTICA DE LA AUDIENCIA PREVIA, DE CONCILIACIÓN Y DE EXCEPCIONES PROCESALES

    Sumario: I. Antecedentes; II. La audiencia previa de conciliación y de excepciones procesales, en el juicio ordinario civil distrital; III. Utilidad práctica de la audiencia previa, de conciliación y de excepciones procesales.

    El estudio de esta audiencia debe comprender una reseña —así sea somera— de sus antecedentes históricos y regulación en el derecho comparado. Este instituto procesal no es hijo de la generación espon-tánea, antes al contrario, cuenta con importantes raíces. No es fruto —como algún práctico ha dicho— de la imaginación doctrinal sino de la realidad c...

    Sin duda, una de las graves preocupaciones de todo Estado es la solución institucional de los litigios, esto es, de los conflictos inter-subjetivos con trascendencia jurídica. Una de las opciones —la mejor dicen los optimistas procesales— para resolver litigios es el proceso jurisdiccional, pues la solución al problema proviene de un tercero imparc...

    No, ambas son excepciones de fondo y no de forma. Se refieren al derecho de fondo, no a la válida integración de la relación procesal y otro elemento adjetivo. Sin embargo, ya que el legislador las ha con-siderado como excepciones procesales deben resolverse en la audien-cia previa, de conciliación y de excepciones procesales. La doctrina no califi...

    Hasta aquí hemos visto aspectos doctrinarios y legislativos sobre la audiencia. Es tiempo de hablar —para concluir esta intervención— de la práctica de aquélla en nuestros tribunales civiles. Para ello hay que escuchar la voz y criterio, tanto de los juzgadores como de los abogados postulantes de las partes. En cuanto al aspecto conciliatorio en lo...

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    • Intento de acuerdo transaccional. El intento de acuerdo transaccional está debidamente fundamentado en el artículo 415 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
    • Contestación a las excepciones procesales. La siguiente fase en el proceso de la audiencia previa es la contestación a las excepciones procesales, que se desarrolla con carácter previo a la audiencia, según lo establecido en los artículos que oscilan entre el número 416 y 424 de La Ley de Enjuiciamiento Civil.
    • Objeto del procedimiento. La siguiente fase de la audiencia previa es el objeto del procedimiento, en el cual se permite a la parte actora modificar de forma parcial los hechos que han sido descritos en la demanda en conformidad a todas las alegaciones realizadas en el correspondiente escrito de las contestaciones o alegaciones consideradas como complementarias.
    • Proposición y aprobación de los medios probatorios. Establecido en el artículo 429 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, las diferentes partes deberán aportar, en esa fase de la audiencia previa, una copia a la contraparte y adicionalmente hacer la lectura para que conste en la grabación.
  2. 1. Revisar el expediente. 2. Preparar la estrategia. 3. Recopilar evidencia. 4. Practicar la presentación. Pasos clave en la audiencia previa: análisis y estrategia. 1. Presentación de las partes. 2. Presentación de la evidencia. 3. Análisis de los argumentos. 4. Toma de decisiones. El papel del juez y las partes en una audiencia previa.

  3. Se entiende por audiencia previa la audiencia preliminar o comparecencia previa a la vista principal, que ha de practicarse en todo Juicio Ordinario, una vez contestada la demanda y, en su caso, la reconvención, el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) ha de convocarla dentro del tercer día siguiente a la finalización del plazo de alega...

  4. 9 de sept. de 2019 · Primero. Asistencia al acto de la audiencia previa. – Tienen que acudir los Abogados y Procuradores de las partes litigantes. – Partes: 1.Si asisten, tienen que exhibir el DNI y original del documento acreditativo de representación si actúa en nombre de persona jurídica.

  5. ¿Qué es la audiencia previa? Es una fase intermedia del procedimiento ordinario, previa a la celebración del juicio y que se celebra una vez que la parte demandada ha contestado a la demanda (o ha transcurrido el plazo sin hacerlo). ¿Dónde se regula? Entre los artículos 414-430 de la LEC. Como siempre, su lectura es obligatoria.