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  1. El término persona moral o persona jurídica antes era más sencillo de definir pues se hacía en cuanto a que hubiese muchas personas físicas juntas con un fin determinado y organizadas a través de un documento jurídico (un contrato, una ley, un reglamento, un decreto, incluso una constitución).

  2. 13 de abr. de 2023 · De acuerdo con la definición que se comparte en el glosario de la Secretaría de Economía mexicana una persona moral es una “personalidad jurídica conformada por personas físicas y/o morales que se unen para la realización de un fin colectivo”. Se trata así de entidades creadas por el derecho.

    • Melisa Fernández
  3. 11 de sept. de 2020 · La persona moral o jurídica se constituye mediante un acto jurídico ante una autoridad, en el cual, a través de la creación de una escritura pública, quedan asentadas las normas y los estatutos por los cuales esta se regirá y los derechos y obligaciones que poseerá.

  4. Es una personalidad jurídica conformada por personas físicas y/o morales que se unen para la realización de un fin colectivo. Son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal, sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

  5. Se considera mexicana toda persona moral que fue constituida de acuerdo a la ley del país y que tiene su domicilio en el territorio nacional. Tiene la obligación de presentar su contabilidad electrónica ante el SAT.

  6. ¿Qué es una persona moral? Una persona moral o jurídica, en derecho, se designa a todo aquel ente de existencia jurídica, que está constituido por organizaciones o grupos de personas, y que se reconoce como un organismo determinado con la capacidad de contraer obligaciones y ejercer derechos.

  7. Las personas morales obran y se obligan por medio de los órganos que las representan sea por disposición de la ley o conforme a las disposiciones relativas de sus escrituras constitutivas y de sus estatutos.