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  1. El interventor es la persona que supervisa, autoriza y fiscaliza ciertas actividades en la sucesión para que sean realizadas conforme a la ley. Tomando en consideración las disposiciones que sobre esta materia existen en los Códigos Procesal Civil y Civil, se pueden distinguir 2 tipos de interventores:

  2. www.paginaspersonales.unam.mx › files › 1652EL INTERVENTOR - UNAM

    es primera que nada saber que es o bien que debemos o entendemos de este término. Para ello enunciamos diversos conceptos doctrinales, pues la ley en sí no nos brinda un concepto legal de lo que debemos entender. Una definición gramatical nos la proporciona el Diccionario Salvat del Interventor. ^(Del latín interventor). Adj. Que interviene. 2.

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    • Capítulo quinto
    • I. Concepto de albacea
    • II. Condiciones y restricciones para aceptar el cargo de albacea
    • IV. Características del cargo de albacea
    • V. Clases de albaceas
    • 3. Por su actividad en el desempeño del cargo
    • 4. Por su número
    • VI. Funciones a ejercer en el encargo de albacea
    • VII. Concepto de interventor
    • VIII. Terminación del cargo de albacea e interventor
    • Cuestionario

    El albacea es la persona nombrada por el autor de la herencia con objeto o fin de ejecutar y hacer cumplir su voluntad en los términos de su testamen-to. Pueden ser albaceas las personas físicas, las personas morales y los notarios. El interventor podrá ser nombrado cuando los herederos no hayan estado de acuerdo, por mayoría de votos, con la desig...

    El albacea es la persona nombrada por el autor de la herencia con objeto o fin de ejecutar y hacer cumplir su voluntad en los términos de su testamen-to. Será el encargado de custodiar los bienes del haber hereditario y hacer la distribución de los mismos entre los herederos y/ o legatarios, conforme a la voluntad del testador. El albacea tendrá qu...

    No pueden aceptar el cargo de albaceas: Aquellos que no tengan la libre disposición de sus bienes. Tratándose de menores de edad o incapaces, no podrán hacerlo por sí mismos, pero sí por intervención de su tutor o legítimo representante, con arreglo a la ley. Tampoco pueden ser albaceas, excepto en el caso de ser herederos únicos: Los magistrados y...

    Es un nombramiento en atención a la persona, es decir, el testador de-signa a una persona en calidad de albacea, por la confianza que tiene en su futuro desempeño para hacer cumplir su voluntad. El testador puede nombrar uno o más albaceas. Sin embargo, cuando el testador no hubiera nombrado albacea el elegido no desempeñara el cargo, los herederos...

    Existen diferentes clases de albaceas que intervendrán como ejecutores del testamento del de cujus: Por la naturaleza de su nombramiento Albacea testamentario: el que designó el de cujus en el testamento. Albacea legítimo: es el que a falta de nombramiento por el testador porque el nombrado no acepta el cargo, es nombrado por los herederos. Albacea...

    Albacea universal o general: es el único, nombrado como albacea para ejecutar la voluntad del testador o realizar las gestiones relativas a la administración, división y repartición de los bienes de la sucesión legítima. Albacea especial: es el nombrado para garantizar la realización de un acto o diligencia particular dentro de la ejecución del tes...

    Albacea único: hay sólo una persona nombrada para el cargo de al-bacea en la sucesión a la que se le llama. El heredero que fuere único será albacea, si no se hubiere nombrado otro en el testamento. Si es incapaz, su tutor ejercerá el encargo de albacea. Albaceas mancomunados: cuando son varios los albaceas nombrados el testado hubiese establecido ...

    El albacea debe demandar o ejercer todas las acciones que pertenezcan a la sucesión. Son obligaciones del albacea general: La presentación del testamento dentro de los ocho días siguientes a la muerte del testador. El aseguramiento de los bienes de la herencia. La formación de inventarios; si no lo hiciere eficaz y eficientemente, será removido del...

    El interventor es la persona del supervisor, que autoriza y fiscaliza ciertas actividades u operaciones para que sean realizadas conforme a la ley. El interventor podrá ser nombrado cuando los herederos no hayan es-tado de acuerdo, por mayoría de votos, con la designación del albacea, para que vigile el desempeño y manejo del albacea. Si son varios...

    Por el término natural del encargo. Por muerte. Por incapacidad legal, declarada formalmente. Por excusa que el juez califique como legítima, con audiencia de los interesados y con vista al Ministerio Público, cuando se trate de los in-tereses de menores o la beneficencia pública sea heredera o legataria. Por terminar el plazo señalado por la ley, ...

    ¿Cuál es el concepto de albacea? ¿Quiénes pueden ser albaceas? ¿Quiénes están impedidos para ejercer el cargo de albacea? ¿Quiénes pueden excusarse para ejercer el cargo de albacea? ¿Cuáles son las características del cargo de albacea? ¿Cuál es la clasificación de los albaceas? ¿Qué funciones ejerce el albacea? ¿Cuándo termina del cargo de albacea?...

  3. 7 de jul. de 2013 · El Código Civil para el Distrito Federal señala que es forzoso nombrar un interventor definitivo en los casos siguientes: 1. Siempre que el heredero esté ausente o no sea conocido. 2. Cuando la cuantía de los legados iguale o exceda a la porción del heredero albacea. 3.

  4. El Código Civil para el Distrito Federal señala que es forzoso nombrar un interventor definitivo en los casos siguientes: Siempre que el heredero esté ausente o no sea conocido. Cuando la cuantía de los legados iguale o exceda a la porción del heredero albacea.

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  5. Las funciones del interventor se limitarán a vigilar el exacto cumplimiento del cargo de albacea. Artículo 1730. El interventor no puede tener la posesión ni aun interina de los bienes. Artículo 1731. Debe nombrarse precisamente un interventor: I. Siempre que el heredero esté ausente o no sea conocido; II.

  6. El interventor es la institución creada por la ley con la finalidad de cuidar de que se respeten de los interesados en la sucesión. Estos no son nombrados por el testador y su función es la de vigilar al albacea en su actuación del cargo que se le confiere.