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  1. Testigo de cargo o testigo de descargo. El testigo de cargo es aquella persona que declara en contra de la persona que está siendo enjuiciada, mientras que el testigo de descargo es el que declara en favor de aquella.

  2. ¿Qué significa cargo y descargo? EN la Doctrina Jurídica, se entiende como prueba de cargo aquella evidencia que ayuda a demostrar que se ha cometido el delito que se investiga en el procedimiento. Que esto es una prueba de descargo es casi de manual pero la Fiscalía ordena destruirla y nadie sabe por qué. ...

  3. El testigo de cargo puede asumir distintas posiciones: Testigo de oídas: es el que se depone a declarar por haber oído a otro testigo. Testigo de descargo: asume una posición contraria y testifica a favor del acusado.

  4. En cumplimiento de este derecho, es al Ministerio Público a quien corresponde la carga de obtener la comparecencia de los testigos cuyos alegatos ofrece como prueba, pues es éste, como contraparte, quien -de acuerdo con el principio de presunción de inocencia- debe proporcionar la evidencia necesaria para sostener su acusación.

  5. Las pruebas de cargo y de descargo son un proceso legal que se lleva a cabo en un juicio para determinar la responsabilidad de una persona en un delito o falta. Estas pruebas son presentadas por ambas partes involucradas en el caso: la parte acusadora (cargo) y la parte acusada (descargo).

  6. I. Demanda de amparo. En su demanda de amparo el quejoso planteó varios argumentos de legalidad (indebida aplicación de la ley penal, falta de fundamentación y motivación de la sentencia reclamada, valoración parcial de las pruebas de cargo y descargo, insuficiencia de las pruebas de cargo, etc.), así. como. los.

  7. La lectura del art. 6.3.d) CEDH permite identificar tres garantías integrantes de su contenido, como derechos del acusado: 1a. La convocatoria o citación de los testigos de descargo en las mismas condiciones que los de cargo. 2a. El interrogatorio de los testigos de descargo en las mismas condiciones que los de cargo.