Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Descargar PDF. Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

  2. DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS. Art. 18.-. Sólo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva. El lugar de ésta será distinto y estará completamente separado del que se destinare para la extinción de las penas.

    • 233KB
    • 11
  3. Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse,

  4. Artículo 18. Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

  5. La interpretación de los artículos 18 y 1o constitucionales tiene dos implicacio-nes: primera, el robustecimiento del catálogo de derechos de las personas privadas de la libertad; y segunda, que toda la organización penitenciaria debe construirse con un enfoque de derechos humanos.

  6. Resumen. El artículo 18 constitucional ha sufrido varias reformas a través del tiempo; la más significativa, por su incidencia actual, es la que tuvo lugar el 10 de junio de 2011. Su importancia tiene relevancia por su base en los Derechos Humanos: es en torno a éstos que el Sistema Penitenciario debe organizarse.

  7. Si requiere la versión en formato PDF de esta publicación electrónica: Favor de contactarnos a través de los teléfonos o correo electrónico señalados al final de la página, indicando su nombre, correo electrónico e institución a la que pertenece.

  1. Otras búsquedas realizadas