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  1. Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla. 31/dic/2008 . Único- Se reforman los artículos 41,302 Bis, 303, 304 y 415; se ADICIONA el artículo 302 Ter y se Deroga el último párrafo de artículo 302. 25/mar/2009 . Único.- Se adiciona un último párrafo al artículo 306 del Código de

  2. Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla. Descargar archivos adjuntos: Codigo_Procedimiento_Materia_de_Defensa_Social_del_Estado17032016.pdf.

  3. *Cfr. El presente Ordenamiento anteriormente se titulaba Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla; su denominación actual se desprende del Decreto de reformas publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 31 de diciembre de 2012, Número 13, Vigésima Sección, Tomo CDLII.

  4. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DEFENSA SOCIAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. 19 sea imputable al inculpado; c).- Cuando, según el Código de Defensa Social, concurra en favor del inculpado alguna causa excluyente de responsabilidad, absolutoria o de extinción de la acción penal. SECCION SEGUNDA COMPETENCIA

  5. Codigo De Defensa Social Para El Estado De Libre Y Soberano De Puebla. Descarga el documento en version PDF.

  6. Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla 1 REFORMAS Publicación Extracto del texto. 23/dic/1986 Se expide el Código de Defensa Social del Estado Libre y Soberano de Puebla. 24/abr/1990 ARTÍCULO PRIMERO. Se REFORMAN los artículos 41, 95, 98 fracción IV, 99, 102 fracción III, 110 fracción II, 161, 191, 192, 261,

  7. MATERIA DE DEFENSA SOCIAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA LIBRO PRIMERO CAPITULO PRIMERO ORGANOS DE JURISDICCION Y ORGANOS DE ACUSACION Artículo 1.- Corresponde exclusivamente a los Tribunales de Defensa Social del Estado: I.- Declarar que determinado acto u omisión constituye un delito de los comprendidos en los artículos 1, 2 y 3 ...