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  1. Hace 3 días · Código Civil. Artículo 1567. Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula. Las obligaciones se extinguen además en todo o parte: 1º. Por la solución o pago efectivo; 2º. Por la novación; 3º. Por la transacción; 4º. Por la remisión;

  2. Artículo 1567 El testador que se encuentre en el caso de hacer testamento privado, declarará en presencia de cinco testigos idóneos su última voluntad, que uno de ellos redactará por escrito, si el testador no puede escribir.

  3. Te explicamos el artículo 1567 del Código Civil español, que hace referencia a la tácita reconducción en un contrato de arrendamiento.

  4. El artículo 1567 del Código Civil establece que, en el caso de la tácita reconducción, las obligaciones que un tercero haya otorgado para garantizar un contrato principal ya no son válidas.

  5. Artículo 1567. A falta de los llamados en los artículos anteriores, sucederán los parientes más próximos dentro del cuarto grado, sin distinción de línea, ni consideración al doble vínculo, y heredarán por partes iguales. Al aplicar las disposiciones anteriores se tendrá en cuenta lo que ordena el Capítulo siguiente.

  6. Código Civil Federal Federal. Artículo 1567. El testador que se encuentre en el caso de hacer testamento privado, declarará en presencia de cinco testigos idóneos su última voluntad, que uno de ellos redactará por escrito, si el testador no puede escribir.

  7. Nuestro Código Civil reconoce esta clase de incumplimiento –el imperfecto– en su art. 1556 para el remedio de la indemnización de daños e indirectamente en el art. 1489 que en términos generales se refiere a la no ejecución de lo pactado, abarcando toda clase de incumplimiento.