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  1. El artículo 1463 del Código Civil español hace referencia a la entrega de los bienes muebles vendidos. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título IV: Del contrato de compra y venta. Capítulo IV: De las obligaciones del vendedor. Sección II: De la entrega de la cosa vendida.

  2. En resumen, la entrega de bienes se puede realizar mediante las llaves o con el consentimiento mutuo de las partes, en casos específicos establecidos en la ley. El artículo 1463 del Código Civil español hace referencia a la entrega de los bienes muebles vendidos. Código Civil. LIBRO IV.

  3. El artículo 1463 CC alude a la tradición de los bienes muebles ("fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará: por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados; y por el solo acuerdo o conformidad de los contratantes, si la cosa vendida no puede ...

  4. Se entiende entregada la cosa, cuando se ponga en poder y posesión del comprador, dice el art. 1462. I CC. Junto a dicho medio traditorio, hay otros en los que la entrega se realiza mediante un signo que la representa: la entrega de llaves (art. 1463) o de los títulos de pertenencia (art. 1464).

  5. 27 de mar. de 2024 · Quest'articolo si riferisce alla seguente categoria di contratti: contratti con attribuzioni corrispettive, aventi efficacia puramente obbligatoria. Quando sopravvenga l’impossibilità della prestazione per causa non imputabile al debitore (1218), questi rimane liberato in quanto la sua obbligazione si estingue ex art. 1256.

  6. Artículo 1463. Fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará: por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados; y por el solo acuerdo o conformidad de los contratantes, si la cosa vendida no puede trasladarse a poder del comprador en el instante de la venta, o si éste la tenía ya en su poder por ...

  7. Artículo 1463 Fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará: por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados; y por el solo acuerdo o conformidad de los contratantes, si la cosa vendida no puede trasladarse a poder del comprador en el instante de la ...