Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. 11 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1601.. Si el acreedor o su representante se niega a recibir la cosa ofrecida, el deudor podrá consignarla en la cuenta bancaria del tribunal competente, o en la tesorería comunal, o en un banco u oficina de la Caja Nacional de Ahorros, de la Caja de Crédito Agrario, feria,martillo o almacén general de depósito del lugar en que deba hacerse el pago, según sea la ...

  2. 1 de may. de 2024 · Aquí nos gustaría mostrarte una descripción, pero el sitio web que estás mirando no lo permite.

  3. 11 de may. de 2024 · Art. 1467 16 de Mayo de 2000 Código Civil Artículo 1467 CC No puede haber obligación sin una causa real y lícita; pero no es necesario expresarla. La pura libe

  4. Hace 5 días · Art. 1504 Incapacidad absoluta y relativa Código Civil Artículo 1504 CC Son absolutamente incapaces los impúberes. Sus actos no producen ni aún obligaciones n