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  1. Hace 4 días · Código Procesal Civil Coahuila Artículo 395. Contestación de la demanda. El demandado formulará la contestación a la demanda en los siguientes términos: I. Señalará el tribunal ante quien contesta. II.

  2. Hace 4 días · Código Procesal Civil Coahuila Artículo 412. Audiencia previa, de conciliación y depuración. Una vez contestada la demanda y, en su caso, la reconvención, el juzgador señalará de inmediato, fecha y hora para la celebración de una audiencia previa y de conciliación dentro de los quince días siguientes, dando vista a la parte que corresponda con las dilatorias que como excepción ...

  3. Del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares Sección Primera Formalidades del Procedimiento Artículo 1. Las disposiciones de este Código Nacional son de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional, tienen por objeto establecer la regulación procesal civil y familiar, con base en los

  4. Hace 4 días · Art. 1122 Reglas aplicables al juicio sucesorio especial de junio de 1999 Código Procesal Civil Artículo 1122 En los juicios sucesorios testamentarios o intestados que se sometan a la tramitación prevista en es del Estado de Coahuila de Zaragoza

  5. Código Procesal Civil Coahuila Artículo 941. Orden en el señalamiento de bienes por embargar. Las partes en el juicio, ejecutante o ejecutado, según sea el caso, realizarán el señalamiento de bienes para embargo con sujeción al orden siguiente: 1. Los consignados como garantía de la obligación que se reclama. 2. Dinero. 3.

  6. Iniciativa de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza, del Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza y de la Ley del Registro Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza. En relación a la eliminación de la figura de la adopción semiplena,

  7. 5 de may. de 2024 · Código Procesal Civil Coahuila Artículo 938. Definición legal y clases de embargo. El secuestro judicial o embargo sólo se practicará por mandato expreso del juez, y su objeto es afectar un bien o conjunto de bienes de propiedad privada, a las resultas de un proceso pendiente o a la satisfacción de una pretensión ejecutiva, regularmente fundada en una sentencia de condena.