Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público. Artículo 1256. La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes. Artículo 1257.

  2. 23 de may. de 2024 · Art. 1279 CCCN Servicios continuados LEY 26.994, 8 de Octubre de 2014 Código Civil y Comercial Artículo 1279 CCC El contrato de servicios continuados puede pactarse por tiempo determinado.

  3. Concepto de Artículo 1279 del Código Civil. Código Civil . El Artículo 1279 del Código Civil es: Si la ley exigiere el otorgamiento de escritura u otra forma especial para hacer efectivas las obligaciones propias de un contrato, los contratantes podrán compelerse recíprocamente a llenar aquella forma desde que hubiese intervenido el consentimiento y demás requisitos necesarios para su ...

  4. CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículo 1. La Ley Civil es igual para todos, sin distinción de personas ni de sexos, a no ser en los casos especialmente determinados. Artículo 2. Derogado. Artículo derogado P.O. 21-05-2013 Artículo 3. Derogado. Artículo derogado P.O. 21-05-2013 Artículo 4.

  5. CAPÍTULO I. Reglas generales. GUARDA Y APOSICIÓN DE SELLOS. [§ 5701] ART. 1279.—Desde el momento de abrirse una sucesión, todo el que tenga interés en ella, o se presuma que pueda tenerlo, podrá pedir que los muebles y papeles de la sucesión se guarden bajo llave y sello hasta que se proceda al inventario solemne de los bienes y ...

  6. Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo. Se modifica por el art.1.1 de la Ley 15/2005, de 8 de julio.

  7. ARTÍCULO 1279. GUARDA Y APOSICION DE SELLOS. Desde el momento de la apertura de la sucesión, todo el que tenga interés en ella, o se presuma que pueda tenerlo, podrá pedir que los muebles y papeles de la sucesión se guarden bajo llave y sello hasta que se proceda al inventario solemne de los bienes y efectos hereditarios.