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  1. 2 de jun. de 2024 · Código Civil Artículo 1144. Las donaciones revocables se confirman, y dan la propiedad del objeto donado, por el mero hecho de morir el donante sin haberlas revocado, y sin que haya sobrevenido en el donatario alguna causa de incapacidad o indignidad bastante para invalidar una herencia o legado; salvo el caso del artículo 1137, inciso 2º .

  2. 2 de jun. de 2024 · El artículo 745 del Código Civil chileno establece la prohibición que no se pueden constituir más de dos fideicomisos sucesivos. La norma evita crear una cadena interminable de fideicomisos que compliquen la transmisión de bienes y afecten la seguridad jurídica y, además, asegura que se respete la intención del testador.

  3. 28 de may. de 2024 · Pago ceñido a la obligacion. El pago se hará bajo todos respectos en conformidad al tenor de la obligación; sin perjuicio de lo que en los casos especiales dispongan las leyes. El acreedor no podrá ser obligado a recibir otra cosa que lo que se le deba, ni aún a pretexto de ser de igual o mayor valor la ofrecida. Colombia Art. 1627 CC.

  4. Hace 3 días · Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado, en razón de ellas. Tales son:

  5. 28 de may. de 2024 · Artículo 37. Grados de consanguinidad. Los grados de consanguinidad entre dos personas se cuentan por el número de generaciones. Así, el nieto está en segundo grado de consanguinidad con el abuelo, y dos primos hermanos en cuarto grado de consanguinidad entre sí. Colombia Art. 37 CC.

  6. 2 de jun. de 2024 · Art. 1232 16 de Mayo de 2000 Código Civil Artículo 1232 CC Todo asignatario será obligado, ... Muy buen articulo, ojalá estuviera en nuestro codigo civil.

  7. 2 de jun. de 2024 · El artículo 745 del Código Civil chileno establece la prohibición que no se pueden constituir más de dos fideicomisos sucesivos. La norma evita crear una cadena interminable de fideicomisos que compliquen la transmisión de bienes y afecten la seguridad jurídica y, además, asegura que se respete la intención del testador.