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  1. 19 de mar. de 2024 · Sin embargo, una de las opciones que tienen los contribuyentes para recuperar su saldo a favor es el acreditamiento del impuesto contra periodos posteriores. Situación de la plataforma del SAT

  2. 12 de feb. de 2024 · El objetivo de este artículo es proporcionar una visión clara y detallada de las actualizaciones clave del aplicativo, enfocándose en las nuevas exigencias y cómo estas impactan la preparación de las declaraciones de IVA.

  3. 21 de feb. de 2024 · En el siguiente ejemplo podemos ver el detalle de esta situación: Primer acreditamiento. Se capturan los datos de la declaración en la que se obtuvo el saldo a favor y el importe del acreditamiento que se va a aplicar a la declaración con impuesto a cargo.

  4. A partir del 1 de enero de 2024 debes presentar dicha declaración en la nueva herramienta, sigue estos pasos: o Ingresa a sat.gob.mx o Selecciona el apartado “Empresas” y da clic en Declaraciones / Pagos provisionales o definitivos / Presenta tu declaración de pagos definitivos de IVA del ejercicio 2024 en adelante

  5. 6 de feb. de 2024 · El SAT ha publicado el formato actualizado para la declaración mensual de IVA para 2024 para las Personas Morales, con cambios que aumentan la precisión en la presentación de declaraciones y detección de diferencias por el SAT.

  6. Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) deben cumplir con requisitos precisos para tener derecho al acreditamiento de este impuesto, según lo establecido en disposiciones fiscales.

  7. Artículo 5o Requisitos para el acreditamiento. Para que sea acreditable el impuesto al valor agregado deberán reunirse los siguientes requisitos: I. Que el impuesto al valor agregado corresponda a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables para la realización de actividades distintas de la importación ...

  8. De tal forma que el nuevo aplicativo para la presentación de Impuesto al Valor Agregado (IVA) de personas morales del régimen general, ya contiene datos precargados de los CFDI que respaldan las operaciones de los contribuyentes.

  9. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, a partir del 1 de febrero de 2024, se puso en operación una nueva plataforma para que las personas morales que tributan en el Régimen General presenten los pagos definitivos del impuesto al valor agregado (IVA) del ejercicio 2024.

  10. El IVA de los gastos, compras e inversiones para realizar actividades exentas no se puede restar o acreditar. Última modificación: 03 de marzo de 2014 a las 16:40. Aquí encontrará los requisitos para realizar el acreditamiento del IVA.