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  1. 11 de jun. de 2024 · Artículo 1016. Deducciones. En toda sucesión por causa de muerte, para llevar a efecto las disposiciones del difunto o de la ley, se deducirán del acervo o masa de bienes que el difunto ha dejado, incluso los créditos hereditarios: 1o.) Las costas de la publicación del testamento, si lo hubiere, y las demás anexas a la apertura de la ...

  2. El derecho civil en Colombia está regulado principalmente por el Código Civil Colombiano, el cual fue promulgado mediante la Ley 57 de 1887. Este código establece las normas y principios que regulan las relaciones jurídicas entre individuos en aspectos como la propiedad, los contratos, los derechos de familia, las sucesiones, entre otros.

  3. Y la razón es obvia, porque el Art. 1 dispone que la obligación puede extinguirse por la convención de las partes, y sólo puede extinguirse aquello que aún existe, pero no lo que ha dejado de producir efectos. De manera que si ha operado ya otro modo de extinguir, no podría tener lugar la resciliación.

  4. El Código Civil es un conjunto de normas unitario, sistematizado y ordenado sobre el Derecho Privado. Por lo tanto, se trata de un texto legal que regula las relaciones civiles entre las personas (tanto físicas como jurídicas). Artículos del Código Civil de Colombia. Título Preliminar. Capítulo I: Objeto y fuerza de este código. Artículo 1

  5. 26 de jun. de 2023 · Art. 1046 Segundo orden hereditario - los ascendientes de grado mas proximo Código Civil Artículo 1046 CC Si el difunto no deja posteridad, le sucederán sus ascendientes de grado más pr&oacute

  6. Anterior | Siguiente. Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© "Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad" ISSN [1657-6241 (En linea)] Última actualización: 31 de mayo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.755 - 13 de mayo de 2024) Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor ...

  7. Artículo 1494. Fuente de las obligaciones. Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha ...