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  1. El artículo 1134 forma parte del Capítulo IX, Título Sexto (De las Servidumbres), Libro Segundo del Código Civil Federal de México.

  2. 27 de mar. de 2014 · Article 1134 Version en vigueur du 21 mars 1804 au 01 octobre 2016. Création Loi 1804-02-07 promulguée le 17 février 1804

  3. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316

  4. El artículo 1134 del Código Civil español explica cuándo el deudor perderá el derecho de elección. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título I: De las obligaciones. Capítulo III: De las diversas especies de obligaciones. Sección III: De las obligaciones alternativas. Artículo 1131. Artículo 1132. Artículo 1133. Artículo 1134.

  5. El artículo 1134 del Código Civil español explica cuándo el deudor perderá el derecho de elección. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título I: De las obligaciones. Capítulo III: De las diversas especies de obligaciones. Sección III: De las obligaciones alternativas. Artículo 1131. Artículo 1132. Artículo 1133. Artículo 1134.

  6. Art. 1134.- Las convenciones legalmente formadas tienen fuerza de ley para aquellos que las han hecho. No pueden ser revocadas, sino por su mutuo consentimiento, o por las causas que están autorizadas por la ley.

  7. Por otro lado, según el art 1134 CC, la novación, compensación, confusión o remisión de la deuda hechas por cualquier de los acreedores solidarios o con cualquiera de los deudores de la misma clase, extinguen la obligación.