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  1. 28 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1237. Legado que excede el monto de la porcion conyugal Si el cónyuge sobreviviente hubiere de percibir en la sucesión del difunto, a título de donación, herencia o legado, más de lo que corresponde a título de porción conyugal, el sobrante se imputará a la parte de los bienes de que el difunto pudo disponer a su arbitrio.

  2. 28 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1138. Asignaciones testamentarias sujetas a termino La asignaciones testamentarias pueden estar limitadas a plazos o días, de que dependa el goce actual o la extinción de un derecho; y se sujetarán entonces a las reglas dadas en el titulo De las obligaciones a plazo, con las explicaciones que siguen.

  3. Hace 3 días · Colombia Art. 1136 CC. Según la ley 2101 de 2021, "por medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores" se implementará definitivamente la jornada de 42 horas semanales para el año 2025, mientras tanto se irá disminuyendo de manera gradual. Atendemos a nivel nacional.

  4. 2 de jun. de 2024 · Las donaciones revocables se confirman, y dan la propiedad del objeto donado, por el mero hecho de morir el donante sin haberlas revocado, y sin que haya sobrevenido en el donatario alguna causa de incapacidad o indignidad bastante para invalidar una herencia o legado; salvo el caso del artículo 1137, inciso 2º . Chile Art. 1144 CC

  5. 6 de jun. de 2024 · El artículo 745 del Código Civil chileno establece la prohibición que no se pueden constituir más de dos fideicomisos sucesivos. La norma evita crear una cadena interminable de fideicomisos que compliquen la transmisión de bienes y afecten la seguridad jurídica y, además, asegura que se respete la intención del testador.

  6. 2 de jun. de 2024 · Art. 1937 16 de Mayo de 2000 Código Civil Artículo 1937 CC En todos los casos en que se debe indemnización al arrendatario, no podrá éste ser expelido o privad

  7. 28 de may. de 2024 · Colombia Art. 1139 CC. Buenas tardes las ausencias del trabajador se tienen encuentra para liquidación de prima de servicios gracias. Código Sustantivo del Trabajo Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleado. En el caso de herederos, la toma de decisiones cómo se deciden.