Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. 5 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1629. A falta de descendientes, ascendientes y hermanos, el cónyuge sucederá en todos los bienes.

  2. 19 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024. Código Civil. Artículo 1629. Gastos ocasionados por el pago. Los gastos que ocasionare el pago serán de cuenta del deudor; sin perjuicio de lo estipulado y de lo que el juez ordenare acerca de las costas judiciales. POR QUIEN PUEDE HACERSE EL PAGO.

  3. 19 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024. Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1629. Cesión de derecho inexistente. Si el derecho no existe al tiempo de la cesión, el cedente debe restituir al cesionario el precio recibido, con sus intereses.

  4. 19 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1629 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19-05-2024. Código Civil. Artículo 1629. El procurador o mandatario no puede novar si no tiene especial facultad para ello, o no tiene la libre administración de los negocios del comitente o del negocio a que pertenece la deuda. Chile Art. 1629 CC.

  5. 19 de may. de 2024 · Artículo 1849. El vendedor será obligado a reembolsar al comprador el aumento de valor, que provenga de las mejoras necesarias o útiles, hechas por el comprador, salvo en cuanto el que obtuvo la evicción haya sido condenado a abonarlas. El vendedor de mala fe será obligado aun al reembolso de lo que importen las mejoras voluptuarias.

  6. 11 de may. de 2024 · Art. 1629 Código de Comercio Depósito o venta de las cosas averiadas en el viaje C Cio Artículo 1629 (CCom, CDC, C Co) - Legislación colombiana 2021. C Cio Artículo 1629 Colombia. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024.

  7. 11 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1629 Estado de Durango. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Código Civil Durango. Artículo 1629. Los cargos de albacea e interventor acaban: I.- Por el término natural del encargo; II.- Por muerte; III.- Por incapacidad legal, declarada en forma; IV.-

  1. Anuncio

    relacionado con: art 1629 code civil
  2. 10,000+ usuarios visitaron store.legal.thomsonreuters.com el mes pasado

    Shop print & ProView titles needed to support your business & respond to current issues. Premier FRCP practice-oriented guide includes most complete & current discussion possible.