Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. 5 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1566. Para que en los casos enumerados en el artículo que precede pueda otorgarse testamento privado, es necesario que al testador no le sea posible hacer testamento ológrafo.

  2. Hace 2 días · En resumen, el comodato entre cónyuges es un contrato regulado en el Código Civil Federal de México, mediante el cual uno de los esposos (comodante) presta a su pareja (comodatario) el uso de un bien mueble o inmueble de manera gratuita y temporal. Este tipo de acuerdo legal permite a los cónyuges compartir y utilizar bienes de manera ...

  3. Hace 5 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024. Código Civil. Artículo 1566. Cumplimiento de las obligaciones de genero. En la obligación de género, el acreedor no puede pedir determinadamente ningún individuo, y el deudor queda libre de ella, entregando cualquier individuo del género, con tal que sea de una ...

  4. Hace 5 días · Código Civil. Artículo 1567. Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula. Las obligaciones se extinguen además en todo o parte: 1º. Por la solución o pago efectivo; 2º. Por la novación; 3º. Por la transacción; 4º. Por la remisión;

  5. 19 de may. de 2024 · Código Civil y Comercial Nacional Artículo 1566. Pacto de reversión En la donación se puede convenir la reversión de las cosas donadas, sujetando el contrato a la condición resolutoria de que el donatario, o el donatario, su cónyuge y sus descendientes, o el donatario sin hijos, fallezcan antes que el donante.

  6. 21 de may. de 2024 · CCF Artículo 156 Federal de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 156. Son impedimentos para celebrar el contrato de matrimonio: I. La falta de edad requerida por la ley; II. (Se deroga). III.

  7. Hace 5 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024. Código Civil. Artículo 1564. Las cláusulas de un contrato se interpretarán unas por otras, dándose a cada una el sentido que mejor convenga al contrato en su totalidad.