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  1. 28 de may. de 2024 · Código Civil. Artículo 1573. Renuncia de la solidaridad por el acreedor. El acreedor puede renunciar expresa o tácitamente la solidaridad respecto de unos de los deudores solidarios o respecto de todos.

  2. 21 de may. de 2024 · código civil chiapas artículo 1573. la herencia legitima se abre: i.- cuando no hay testamento o el que se otorgo es nulo o perdio su validez; ii.- cuando el testador no dispuso de todos sus bienes; iii.- cuando no se cumpla la condicion impuesta al heredero; iv.-

  3. 28 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1573. El que paga sin el conocimiento del deudor no tendrá acción sino para que éste le reembolse lo pagado; y no se entenderá subrogado por la ley en el lugar y derechos del acreedor, ni podrá compeler al acreedor a que le subrogue.

  4. 23 de may. de 2024 · Artículo 1574. Concepto. Hay contrato de fianza cuando una persona se obliga accesoriamente por otra a satisfacer una prestación para el caso de incumplimiento.

  5. 25 de may. de 2024 · Artículo 1571. Ingratitud. Las donaciones pueden ser revocadas por ingratitud del donatario en los siguientes casos: a) si el donatario atenta contra la vida o la persona del donante, su cónyuge o conviviente, sus ascendientes o descendientes; b) si injuria gravemente a las mismas personas o las afecta en su honor;

  6. 21 de may. de 2024 · Artículo 2017. En los casos en que la obligación de dar cosa cierta importe la traslación de la propiedad de esa cosa, y se pierde o deteriora en poder del deudor, se observarán las reglas siguientes: I. Si la pérdida fue por culpa del deudor, éste responderá al acreedor por el valor de la cosa y por los daños y perjuicios; II.

  7. 28 de may. de 2024 · Artículo 1570. Solidaridad activa. El deudor puede hacer el pago a cualquiera de los acreedores solidarios que elija, a menos que haya sido demandado por uno de ellos, pues entonces deberá hacer el pago al demandante.