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  1. 28 de may. de 2024 · Artículo 1546. Los contratos deben ejecutarse de buena fe, y por consiguiente obligan no sólo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por la ley o la costumbre pertenecen a ella.

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  2. 16 de may. de 2024 · Ahora bien, es necesario especificar que, de acuerdo con el artículo 1964 del Código Civil Colombiano, la cesión de créditos comprende ciertos derechos, como: Finanzas, privilegios e hipotecas. Sin embargo, este tipo de cesiones de crédito no traspasa las excepciones personales del cedente.

  3. 28 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1547. Enajenacion de muebles debidos a plazo o bajo condicion Si el que debe una cosa mueble a plazo, o bajo condición suspensiva o resolutoria, la enajena, no habrá derecho de reivindicarla contra terceros poseedores de buena fe.

  4. 19 de may. de 2024 · Efectos de la condicion resolutoria respecto a frutos. Verificada una condición resolutoria no se deberán los frutos percibidos en el tiempo intermedio, salvo que la ley, el testador, el donante o los contratantes, según los varios casos, hayan dispuesto lo contrario.

  5. 22 de may. de 2024 · La nulidad matrimonial, regulada en el Código Civil Colombiano (artículos 140 a 150), se refiere a la declaración judicial que establece que un matrimonio nunca ha sido válido. Es decir, se considera como si el matrimonio jamás hubiera existido.

  6. 19 de may. de 2024 · En el artículo «6 Factores Diferenciadores entre la Prescripción Adquisitiva Ordinaria y Extraordinaria», te guiaremos a través de las diferencias clave entre estas dos formas de prescripción adquisitiva, basándonos en las normativas del Código Civil y el Código General del Proceso de Colombia.

  7. Hace 6 días · Si necesitas cambiar o quitar una de las obligaciones del contrato de promesa de compraventa inicial, lo que debes realizar es un Contrato de Novación, por el cual se utiliza para anular cláusulas de un contrato, como lo determinan los artículos 1687 a 1710 del Código Civil colombiano.