Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. 4 de may. de 2024 · El Código Civil suele clasificar a las personas en dos grandes grupos: personas físicas y personas morales. Las personas físicas son individuos con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, como las personas nacidas vivas.

  2. Hace 3 días · Artículo 1563. En aquellos casos en que no apareciere voluntad contraria deberá estarse a la interpretación que mejor cuadre con la naturaleza del contrato. Las cláusulas de uso común se presumen aunque no se expresen.

  3. Hace 2 días · Código Civil. Artículo 1568. Definicion de obligaciones solidarias. En general cuando se ha contraído por muchas personas o para con muchas la obligación de una cosa divisible, cada uno de los deudores, en el primer caso, es obligado solamente a su parte o cuota en la deuda, y cada uno de los acreedores, en el segundo, sólo ...

  4. 21 de may. de 2024 · Artículo 156. Son impedimentos para celebrar el matrimonio: I. La falta de edad requerida por la Ley; II. La falta de consentimiento del que, o los que ejerzan la patria potestad, el tutor o el Juez de lo Familiar en sus respectivos casos; III. El parentesco de consanguinidad, sin limitación de grado en línea recta ascendiente o descendiente.

  5. 19 de may. de 2024 · Artículo 1561. Donaciones remuneratorias. Son donaciones remuneratorias las realizadas en recompensa de servicios prestados al donante por el donatario, apreciables en dinero y por los cuales el segundo podría exigir judicialmente el pago.

  6. 19 de may. de 2024 · La renuncia tácitamente en favor de uno de ellos, cuando la ha exigido o reconocido el pago de su parte o cuota de la deuda, expresándolo así en la demanda o en la carta de pago, sin la reserva especial de la solidaridad, o sin la reserva general de sus derechos.

  7. 5 de may. de 2024 · Artículo 1803. El consentimiento puede ser expreso o tácito, para ello se estará a lo siguiente: I.- Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos, y. II.-.