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  1. 5 de may. de 2024 · Código Civil Federal Federal Artículo 223. Para calcular si es inoficiosa una donación antenupcial, tienen el esposo donatario y sus herederos la facultad de elegir la época en que se hizo la donación o la del fallecimiento del donador.

  2. 19 de may. de 2024 · Código Civil. Artículo 223. Nombramiento de curador por el juez, en caso de impugnación de filiación de hijo menor. Una vez impugnada la filiación del hijo, si este fuere menor de edad, el juez nombrará curador al que lo necesitare para que le defienda en el proceso. Colombia Art. 223 CC. Hacer una pregunta en los comentarios.

  3. 4 de may. de 2024 · El Código Civil suele clasificar a las personas en dos grandes grupos: personas físicas y personas morales. Las personas físicas son individuos con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, como las personas nacidas vivas. Por otro lado, las personas morales son entidades constituidas con un fin específico, como las ...

  4. 4 de may. de 2024 · Por ejemplo, si se cita un artículo del Código Civil Federal de México, se debe incluir el nombre completo del código y el número de artículo correspondiente. Además, es fundamental incluir la fecha de la publicación del código legal , ya que las leyes pueden modificarse o actualizarse con el tiempo.

  5. Hace 3 días · Artículo 223. Trámite del proceso verbal abreviado. Se tramitarán por el proceso verbal abreviado los comportamientos contrarios a la convivencia, de competencia de los Inspectores de Policía, los Alcaldes y las autoridades especiales de Policía, en las etapas siguientes: 1. Iniciación de la acción.

  6. Código de Procedimiento Civil. Artículo 223 bis. En los casos en que se decreten alegatos vía remota por videoconferencia, los abogados deberán anunciar sus alegatos, indicando el tiempo estimado de duración y los medios necesarios para su contacto oportuno, tales como número de teléfono o correo electrónico.

  7. 19 de may. de 2024 · Inicio > Códigos > Código Procesal Civil y Comercial >. CPCC Artículo 223 Nacional. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024. Código Procesal Civil y Comercial Nacional. Artículo 223. A pedido de acreedor y a falta de otra medida cautelar eficaz o como complemento de la dispuesta, podrá designarse a UN ...