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  1. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  2. El artículo 1902 del Código Civil español se encuentra relacionado con la responsabilidad extracontractual. Este artículo hace referencia a que la persona que cause un daño por acción u omisión mediante culpa o negligencia, está obligado a reparar dicho daño causado a otra persona.

  3. Artículo 1902 del Código Civil. Código Civil Federal. El gestor, tan pronto como sea posible, debe dar aviso de su gestión al dueño y esperar su decisión, a menos que haya peligro en la demora. Si no fuere posible dar ese aviso, el gestor debe continuar su gestión hasta que concluya el asunto. art 1902 cc. Código Civil Federal.

  4. Artículo 1902. El gestor, tan pronto como sea posible, debe dar aviso de su gestión al dueño y esperar su decisión, a menos que haya peligro en la demora. Si no fuere posible dar ese aviso, el gestor debe continuar su gestión hasta que concluya el asunto. Artículo 1903.

  5. Código Civil Federal. › Libro Cuarto - De las Obligaciones. › Primera Parte - De las Obligaciones en General. › Título Primero - Fuentes de las Obligaciones. › Capítulo V - De las Obligaciones que Nacen de los Actos Ilícitos. › Artículos 1910 al 1934 Bis. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 1910.

  6. Está regulada por los artículos 1902 y siguientes del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Hay innumerables casos de responsabilidad extracontractual, que implica la reparación del daño causado. Sin embargo, la parte afectada debe probar la relación causal entre la acción y los daños sufridos.

  7. Artículo 1902 Código Civil. El artículo 1902 Código Civil regula la responsabilidad extracontractual. Se trata de un artículo fundamental dentro del Código Civil ( CC ), ya que introduce la posibilidad de que una persona resulte civilmente responsable más allá de sus obligaciones contractuales.