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  1. 1 de ago. de 2022 · El Marco Jurídico del Municipio o de la administración pública municipal, es todo el conjunto de normas jurídicas vigentes que regulan la administración pública de los ayuntamientos.

    • Dámaris GONZÁLEZ MINCHACA
    • I. INTRODUCCIÓN
    • IV. ENTONCES, ¿QUÉ ES EL MUNICIPIO?
    • V. LOS MUNICIPIOS DE MÉXICO
    • VI. LOS CIUDADANOS ANTES DE TENER DERECHOS Y OBLIGACIONES CON LA FEDERACIÓN O EL ESTADO, LOS TIENE CON EL MUNICIPIO
    • VII. EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
    • VIII. DE LA SUSPENSIÓN DE AYUNTAMIENTOS
    • X. CONCLUSIONES

    SUMARIO: I. Introducción. II. El municipio antes que el es-tado. III. El municipio en el derecho constitucional mexica-no. IV. Entonces, ¿qué es el municipio? V. Los municipios de México. VI. Los ciudadanos antes de tener derechos y obligaciones con la Federación o el estado, los tiene con el municipio. VII. El gobierno y la administración municipa...

    Por medio de este artículo explicaremos en principio la impor-tancia del municipio, ya que todos los habitantes de la Repúbli-ca mexicana, con excepción del Distrito Federal, somos pobladores de un municipio antes que de un estado (entidad federativa). Ya que es —justo en el municipio— donde realiza-mos nuestras actividades principales, es ahí dond...

    Existen múltiples definiciones del municipio, lo que nos hace notar que ha sido objeto de estudio e investigación de varios autores que no sólo son juristas, sino también sociólogos e incluso antropólogos. Así pues, Teresita Rendón dice que el municipio es “[...] la entidad política jurídica integrada por una población asentada en un espacio geog...

    En atención a diversos factores de identificación, Eduardo López Sosa los clasifica en metropolitános, urbanos, semiurba-nos y rurales, en función de los siguientes indicadores: princi-pales actividades económicas, número de habitantes, servicios públicos que prestan, Presupuesto de Ingresos y Egresos y las características de sus centros de poblaci...

    Según Eduardo Andrade Sánchez, existen tres condiciones fundamentales: la de natural, nativo u originario del estado; la de vecino del mismo, y la de ciudadano. Originaria es una persona vinculada con el estado, de modo que se produce una relación de pertenencia similar a la nacio-nalidad. Se determina por razón del ius solii y el ius sanguinis en ...

    El Estado reconoce los atributos jurídicos del municipio co-mo ente colectivo, así pues el gobierno y administración de los municipios se integra con representantes de la comunidad, que son electos para servir a la sociedad. En sentido amplio, dice Eduardo Andrade Sánchez, el gobierno es la acción de dirigir, administrar, mandar o conducir las acci...

    La suspensión de Ayuntamientos es un procedimiento pre-visto por la Constitución federal que consiste en despojar de su autoridad y de las facultades de que está investido a todo el cuerpo colegiado que integra el cabildo. Las legislaciones loca-les con frecuencia introducen un trato confuso entre la sus-pensión, la declaración de desaparición y la...

    La problemática municipal es diversa, amplia y compleja, comprende aspectos jurídicos, políticos, administrativos, servi-cios públicos, fiscales, sociales, entre otros, cuyas interrelacio-nes requieren recursos, y acciones para su atención. Pero resulta difícil ante las limitaciones de las atribuciones, recursos y decisiones poco equilibradas, que ...

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  2. 25 de ago. de 2022 · Cada ayuntamiento elaborará y expedirá el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de acuerdo con las normas contenidas en la Constitución Política del Estado, en las Leyes Orgánicas Municipales, y en otras leyes de aplicación municipal.

  3. EL SÍNDICO O SÍNDICOS, SON LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO QUE SE ENCARGAN DE LA VIGILANCIA DE LOS ASPECTOS FINANCIEROS DE LA HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL (INGRESOS, EGRESOS, PATRIMONIO Y DEUDA), ASÍ COMO REPRESENTAR JURÍDICAMENTE AL AYUNTAMIENTO:

  4. THE MUNICIPALITY IN THE CONSTITUTION OF 1917. José de Jesús Covarrubias Dueñas * resumen: En el presente artículo, el autor realiza un análisis sobre la institución jurídico-política del municipio y reflexiona sobre las características que posee en la Constitución de 1917.

  5. I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad.

  6. reforma constitucional del 23 de diciembre de 1999 al artículo 115, se considera que el orden municipal ya está incluido dentro de esa categoría, 1 porque por primera vez se reconoce que el Municipio es gobernado, y no administrado, por el Ayuntamiento; pero